Colombia
Lunes 24 de agosto de 2026 - 09:35 AM

Corte señaló que diseños urbanos deben tener en cuenta a animales que habitan ciudades

El alto tribunal exhortó al Ministerio de Vivienda a establecer lineamientos técnicos que permitan aplicar el concepto de justicia espacial interespecies.

El fallo reconoció que los humanos conviven con los animales en la ciudad y que los espacios que comparten, entre ellos los residenciales, deben procurar su bienestar. Foto: Recreada
El fallo reconoció que los humanos conviven con los animales en la ciudad y que los espacios que comparten, entre ellos los residenciales, deben procurar su bienestar. Foto: Recreada

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Publicado por: Redacción Vanguardia

La forma en que se construyen y organizan las ciudades en Colombia deberá tener en cuenta no solo las necesidades de las personas, sino también las de los animales que habitan estos espacios.

Así lo señaló la Corte Constitucional en la Sentencia T-228 de 2026, en la que abordó la protección de los animales dentro del derecho a la ciudad y planteó la necesidad de avanzar hacia una perspectiva de justicia espacial interespecies. Le puede interesar: Las mujeres que heredaron el cuidado de las iguanas en el Malecón de Girón

La decisión establece que los animales de compañía y los denominados animales liminales (aquellos que viven o se adaptan a entornos urbanos) deben ser considerados en las discusiones relacionadas con la planificación de las ciudades.

La ciudad también debe considerar a los animales

De acuerdo con la Corte Constitucional, los asuntos relacionados con los animales no pueden analizarse únicamente desde una perspectiva de protección o bienestar animal. También deben ser tenidos en cuenta al momento de definir cómo se distribuyen, construyen y transforman los espacios urbanos.

La decisión de la Corte Constitucional surgió tras la tutela presentada por una residente que, debido a un problema de salud y a la condición médica de uno de sus perros, necesitaba utilizar el ascensor para movilizarse dentro del conjunto residencial. Foto recreada // Vanguardia.
La decisión de la Corte Constitucional surgió tras la tutela presentada por una residente que, debido a un problema de salud y a la condición médica de uno de sus perros, necesitaba utilizar el ascensor para movilizarse dentro del conjunto residencial. Foto recreada // Vanguardia.

Esto implica reconocer que las ciudades son escenarios compartidos por distintas especies y que determinadas decisiones sobre infraestructura, vivienda, vías, parques y otros espacios pueden afectar directamente a los animales que viven en ellos.

En ese sentido, el concepto de justicia espacial interespecies busca ampliar la manera en que se entiende el derecho a la ciudad, incorporando las necesidades de los animales dentro de la planificación territorial.

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La Corte señaló que tanto los animales liminales como los animales de compañía deben ser protegidos en el ámbito del derecho a la ciudad.

Corte exhortó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

Como parte de la decisión, el alto tribunal exhortó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para que construya lineamientos técnicos que permitan concretar el concepto de justicia espacial entre los humanos y los animales de compañía.

La intención es que este enfoque no quede únicamente como una consideración conceptual, sino que pueda traducirse en criterios aplicables al diseño y la planificación de los espacios urbanos.

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De esta manera, las futuras decisiones relacionadas con el desarrollo de las ciudades deberán contemplar los posibles impactos que generan sobre los animales y buscar alternativas que permitan una convivencia más adecuada entre las diferentes especies.

Una nueva mirada sobre el diseño urbano

Para la Corte Constitucional, reconocer la presencia de animales en los espacios urbanos supone entender que estos también forman parte de las dinámicas de las ciudades y que las decisiones de planificación pueden incidir en sus condiciones de vida.

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Consejo Gremial pide suspender Emergencia Económica ante la Corte Constitucional. A.P.I
Consejo Gremial pide suspender Emergencia Económica ante la Corte Constitucional. A.P.I

El pronunciamiento hace parte de la Sentencia T-228 de 2026, cuyo magistrado ponente fue Juan Carlos Cortés González.

Así, la Sala consideró que:

1). Los animales liminales y de compañía deben ser protegidos en el ámbito del derecho a la ciudad.

2). Los asuntos relacionados con animales liminales y de compañía deben ser analizados a través de la justicia espacial interespecies.

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3). Es deber de los particulares y de los conjuntos residenciales garantizar el acceso y uso razonable del espacio a los animales de compañía.

La Ley 1801 de 2016, conocida como Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, establece que no se puede impedir el tránsito de animales domésticos en las zonas comunes de las propiedades horizontales. Foto de referencia tomada de// Istock.
La Ley 1801 de 2016, conocida como Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, establece que no se puede impedir el tránsito de animales domésticos en las zonas comunes de las propiedades horizontales. Foto de referencia tomada de// Istock.

Con esta decisión, el alto tribunal plantea que pensar las ciudades del futuro implica considerar no solamente dónde viven y cómo se movilizan las personas, sino también cómo las transformaciones urbanas afectan a las demás especies que comparten estos territorios.

Publicado por: Redacción Vanguardia

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