Colombia
Martes 10 de octubre de 2023 - 01:53 PM

Por decisión de la Corte Constitucional tasa de interés de Icetex aumentaría a partir de 2024

Luego de que la Corte Constitucional tumbara dos artículos de la reforma tributaria que tramitó el Gobierno Nacional, desde el Icetex prendieron las alarmas por el posible incremento que tendrían las tasas de interés a partir de 2024.

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Publicado por: Redacción Digital

Tras varias demandas ante la Corte Constitucional, el tribunal resolvió tumbar dos de los artículos del documento que en 2022 tramitó en el Congreso de la República el Gobierno Nacional. Con la decisión de la corte podría aumentar la tasa de interés de Icetex para 2024.

El artículo que pondría en riesgo a quienes tienen este beneficio educativo es el 95, el cual creaba una disminución de la tasa de interés en los créditos de Icetex al Índice de Precios del Consumidor, IPC + 0% por contribuciones a las entidades educativas.

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En diálogo con El Tiempo, el presidente de la entidad, el exrepresentante a la Cámara Mauricio Toro, explicó el posible aumento que tendrían las tasas de interés para 2024.

"Son 73.000 los jóvenes afectados por esta decisión, quienes tenían un beneficio, que implicaba la no capitalización de intereses, es decir, una tasa real del 0 por ciento, pagando solamente el valor del IPC, sin tasa añadida. Esto se lograba gracias a que las universidades, a manera de contribución, hacían un descuento sobre el valor de la matrícula, asumiendo ellos esos puntos por encima del IPC", explicó el funcionario.

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En medio de la conversación Toro afirmó que si se declara inexequible el artículo, los créditos educativos volverán a la tasa anterior que era del IPC +12%. "Esto implica que para 2024 habría un incremento en el valor de los créditos, afectando el bolsillo de los jóvenes y sus familias. Adicionalmente, se capitalizarían los intereses en la época de estudio".

La decisión de la Corte

De forma sorpresiva, la Corte Constitucional decidió tumbar los dos artículos al argumentar que durante el trámite en el Congreso de la República no se debatieron de forma adecuada.

“A pesar de las afirmaciones de entidades gubernamentales que vinculaban el artículo con la finalidad principal de la reforma tributaria, es decir, la obtención de recursos para gastos sociales, la Sala concluyó que tal argumento no excusa la falta de un debate integral en todas las fases del proceso legislativo”, dijo la Corte.

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En cuanto al artículo 96 de la tributaria, que establecía una prórroga para los decretos legislativos 560 y 772 de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023, los cuales dictaban medidas especiales en procesos de insolvencia de las empresas en el marco del covid, la Corte encontró que no existía conexión entre la reforma y dichos decretos que se querían prorrogar.

“La Sala refutó las razones expuestas por algunas de las entidades oficiales que participaron dentro del proceso, indicando que si se aceptara la tesis consistente en que la protección empresarial que prevén las normas prorrogadas coadyuva a incrementar el recaudo tributario, tendría también que admitirse que cualquier ley que desarrolle el mandato constitucional de ‘promover la prosperidad general’ tendría conexidad con las leyes tributarias pues, a mayor prosperidad de los particulares, mayor sería su capacidad contributiva”, indicó la Corte.

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Publicado por: Redacción Digital

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