Elkin Reyes se hizo reelegir alcalde de Oiba pese a que tendría una inhabilidad configurada.

Tal y como estaba previsto, el Tribunal Administrativo de Santander anuló - en fallo de primera instancia - la elección de Elkin Reyes como alcalde de Oiba, al participar en las elecciones atípicas con una inhabilidad configurada.
Vanguardia conoció en primicia la decisión de la magistrada Carolina Arias Ferreira quien resolvió anular nuevamente la credencial de Reyes, a quien anteriormente se le había declarado nula su primera elección por incurrir en el delito de trashumancia electoral.
🔴#PRIMICIA || Tribunal Administrativo de Santander anula en primera instancia la elección de Elkin Reyes como alcalde de Oiba.
— Vanguardia (@vanguardiacom) April 28, 2026
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La demanda de nulidad la instauró el abogado Carlos Leonardo Hernández quien consideró que Elkin Reyes no podía participar de las elecciones atípicas debido a que tenía una inhabilidad configurada debido a que participó en una “reelección” inmediata que está prohibida en la Jurisprudencia colombiana.
“En esa línea, la jurisprudencia de la Sección Quinta del honorable Consejo de Estado ha señalado que las inhabilidades buscan asegurar que el ejercicio de la función pública responda a criterios de moralidad, idoneidad e imparcialidad, privilegiando el interés general sobre el particular. Asimismo, ha destacado que su finalidad es prevenir desequilibrios en los procesos electorales derivados de las condiciones personales de los aspirantes, de modo que quienes accedan a la función pública lo hagan en igualdad de condiciones y con las calidades necesarias para gestionar adecuadamente los intereses colectivos”, dice el documento conocido en primicia por Vanguardia.
Tanto para el Tribunal Administrativo de Santander como para el abogado demandante Carlos Leonardo Hernández, Elkin Reyes estaba inhabilitado para participar en las elecciones atípicas debido a que participó en comicios en el mismo año en el cual ejerció autoridad política, administrativa y ordenadora del gasto en la misma jurisdicción.

La Ley ha sido clara en mencionar que la reelección inmediata no existe. En mayo de 2025 Elkin Reyes se sometió nuevamente a elecciones después de que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado anuló su primera elección por incurrir en el delito electoral de trashumancia electoral.
“En ese sentido, se acreditó que el señor Elkin Alfonso Reyes Plata, dentro del año anterior a la elección del 18 de mayo de 2025, ejerció como autoridad política, civil y administrativa en el Municipio de Oiba, intervino como ordenador del gasto y participó en la celebración de contratos, configurándose así los elementos: subjetivo, objetivo, temporal y territorial de la inhabilidad prevista en el numeral 2º del artículo 95 de la Ley 136 de 1994″, afirmó el Tribunal Administrativo de Santander. }
Ahora el alcalde de Oiba, Elkin Reyes, podrá apelar ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que en un fallo de segunda instancia resolverá el pleito administrativo.















