Nacional
Martes 13 de mayo de 2025 - 10:37 AM

Gobierno emitió decreto para reglamentar nuevo sistema pensional: ¿qué falta?

El Gobierno Petro emitió el decreto único reglamentario para su reforma pensional. Aunque era un avance esperado y columna vertebral para el sistema, aún hay puntos que faltarían por ajustar.

Gobierno emitió decreto para reglamentar nuevo sistema pensional: ¿qué falta? (Fotomontaje / VANGUARDIA)
Gobierno emitió decreto para reglamentar nuevo sistema pensional: ¿qué falta? (Fotomontaje / VANGUARDIA)

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En 49 días Colombia tendrá un nuevo sistema pensional en vigencia.

Como parte de ese camino para la operación del nuevo esquema, el Gobierno Nacional emitió el Decreto Único Reglamentario para la ley de pensiones. Puede interesarle: Andi alerta sobre impacto negativo de un acuerdo comercial con China

Con esa norma se regulan diferentes aspectos para el funcionamiento del nuevo esquema pensional. Aclara las condiciones para hacer parte de los cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y ahorro voluntario.

Uno de los aspectos más relevantes son las condiciones para el primer pilar y la obtención de la renta básica solidaria y las causales de pérdida. Ese pilar busca cobertura para los más vulnerables en el país. Su arquitectura es similar al programa de Colombia Mayor.

Los beneficiarios son hombres mayores de 65 años y mujeres con más de 60 años. De acuerdo con la propuesta del Gobierno se pagarán montos que oscilan los $225.000 mensuales.

“Este documento es la médula de la ley que da vida a un nuevo esquema de protección a la vejez, en el que se integran los regímenes actuales y los hace complementarios, a fin de consolidar una oferta amplia para los trabajadores, tanto a través del pilar contributivo, como del solidario que se diseñó para proteger a quienes no alcanzan a tener pensión, o para los mayores que requieren la solidaridad del Estado”, explicó el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino. Puede interesarle:A los santandereanos les rindió más el dinero en 2024, a pesar de la inflación y el desempleo

De acuerdo con Asofondos, gremio que reúne a los fondos privados de pensión, este decreto va en camino para la implementación y claridad en diversos aspectos de la reforma.

“Bienvenido este decreto que todos los actores del sistema estábamos esperando pues brinda claridad jurídica y operativa sobre muchos aspectos fundamentales de la reforma”, destacó Andrés Velasco, presidente de Asofondos

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Andrés Velasco, presidente de Asofondos, durante la versión 18 del congreso de esa agremiación. | Cortesía Asofondos
Andrés Velasco, presidente de Asofondos, durante la versión 18 del congreso de esa agremiación. | Cortesía Asofondos

¿Qué queda pendiente para la reforma pensional?

Aunque este es un avance considerable en la implementación de la pensional, hay varias tareas pendientes por ajustar.

Para el presidente de Asofondos hay temas relevantes que se deben reglamentar como “los fondos generacionales, las licencias modulares para los actores del sistema, las reglas de desacumulación del fondo de ahorro pensional, entre otros”.

Según confirmó el Gobierno, el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, a cargo del Banco de la República, es materia de otro decreto que está listo para la firma del presidente Gustavo Petro.

El directivo gremial enfatizó en la importancia que tiene ese fondo.

Para Velasco es importante cuidar los recursos de dicho fondo y cuya finalidad fundamental sea el pago de las pensiones de quienes contribuyeron al sistema. “Cualquier otro uso agravará la situación de sostenibilidad del sistema pensional”, advirtió el directivo de Asofondos.

Imagen de referencia de la reforma pensional, cuando el presidente de Colombia, Gustavo Petro , sancionó el proyecto. // Foto: Colprensa
Imagen de referencia de la reforma pensional, cuando el presidente de Colombia, Gustavo Petro , sancionó el proyecto. // Foto: Colprensa

¿Cómo funcionan los pilares en el nuevo sistema pensional?

El único indicador para saber si entra en la nueva reforma pensional es el tiempo cotizado: las mujeres con menos de 750 semanas cotizadas y los hombres con menos de 900 semanas, al corte del primer de julio de 2025, entrarán en el nuevo esquema pensional.

Despejada esa duda, estas son las premisas de los cuatro pilares de la reforma pensional.

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Pilar solidario: es el primer pilar y pretende girar una renta básica para los más vulnerables en el país, que se encuentren en pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad.

Los beneficiarios son hombres mayores de 65 años y mujeres con más de 60 años. De acuerdo con la propuesta del Gobierno se pagarán montos que oscilan los $225.000 mensuales.

Pilar semicontributivo: cobijará con una renta a aquellas personas que cotizaron entre 300 y 999 semanas pero que no lograron la pensión. Lo integrarán los hombres mayores de 65 años y mujeres con más de 60 años.

Los montos que recibirán esas personas se calcula de acuerdo a lo cotizado, más un subsidio del 20 % (hombres) y 30 %, (mujeres) por parte del Gobierno. De todas formas, el pago no podrá superar el 80 % del salario mínimo.

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Pilar contributivo: es el pilar en el que entrarán gran parte de los colombianos. El umbral para la cotización a Colpensiones será de 2,3 salarios mínimos mensuales. Es decir, ese es el máximo sobre lo que se podrá cotizar en el fondo público.

Las edades para la pensión se mantienen fijas en 62 años para hombres y 57 para las mujeres. Mientras que las semanas cotizadas son 1.300 para los hombres; el requisito para las mujeres arrancará en 1.275 para 2025, pero disminuirá progresivamente hasta llegar a las 1.000 semanas en 2036.

El valor la mesada pensional que se pagará en este pilar irá desde el 65 % y no podrá ser superior al 80 %. Tampoco podrá ser inferior a un salario mínimo mensual.

Ahorro voluntario: en este pilar se encuentran quienes superen la cotización de 2,3 salarios mínimos. El dinero restante se cotizará en una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai) o fondo complementario de pensión.

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Ese ahorro y sus rendimientos complementarán la pensión que entregará Colpensiones, una vez llegue el momento en el que el trabajador se jubile.

Si bien ya venció el plazo para elegir Accai, se puede hacer el cambio de Accai seis meses después de la entrada en vigencia de la reforma pensional. Es decir, a partir del 1 de enero de 2026.

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