Aunque la Semana Santa es un período de reflexión, oración y descanso para muchos, para otros trabajadores, especialmente en sectores como el comercio, la industria y la administración, es habitual trabajar durante estos días festivos para garantizar el funcionamiento de servicios y la producción de bienes esenciales.

Publicado por: M. B.
En 2024, la Semana Santa se destaca por ser la más breve en términos laborales del año, dado que cuenta con tres días festivos: el lunes 25 de marzo, así como el Jueves Santo (28) y el Viernes Santo (29). Esto plantea interrogantes sobre la remuneración adecuada para los empleados que trabajan durante estos días festivos.
La legislación colombiana establece que los empleados que trabajen en días festivos tienen derecho a recibir una compensación adicional, denominada “recargo por trabajo en día festivo”, además de su salario regular.
De acuerdo con el Artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, tanto los trabajadores del sector público como del privado tienen derecho a un recargo del 75% sobre su salario ordinario por cada hora laborada en días festivos.
Este recargo se aplica también en caso de que el domingo coincida con otro día de descanso remunerado. Sin embargo, se excluye el caso de la jornada de 36 horas semanales prevista en la Ley 50 de 1990.
¿Cómo calcular este pago?
Para calcular cuánto ganan en los días festivos, se debe tener en cuenta el salario base del trabajador y el recargo por trabajo en día festivo, que es del 75% sobre el salario ordinario por cada hora laborada en días festivos.
Por ejemplo, si una persona gana el salario mínimo al mes ($1′300.000 sin los descuentos de salud y pensión), que equivale a aproximadamente $5.416 por hora, en un día festivo recibiría $9.479 por hora por la condición excepcional. Si trabaja los tres festivos de la Semana Santa, la remuneración adicional podría ascender a alrededor de $227.499, y si solo trabaja jueves y viernes santos, serían aproximadamente $151.666. Es importante tener en cuenta que estos cálculos pueden variar según el salario base del trabajador.














