Los funcionarios elegidos le deben respeto al control político de sus actuaciones, con ejercicios amplios de rendición de cuentas por sus actuaciones ante la comunidad.
Publicado por: Jorge Castellanos Pulido
“Art. 311 C.N. Al municipio como entidad fundamental de la división político administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir con las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.”
La constitución del 91 ha sido la más grande reforma política democrática en los últimos 50 años. A partir del Capítulo 3, del régimen municipal, articulo 311 y siguientes, en favor del territorio y sus pobladores, por su profundo sentido de reconocimiento al ciudadano, al fortalecimiento de la democracia participativa, para lo cual estableció un mandato del poder soberano del pueblo en las decisiones que lo beneficia o lo afecta.
Este gran fundamento jurídico político establecido en su artículo 3 C:N: es tal vez, uno de los pilares de la Constitución en su espíritu fundante de un Estado Social de Derecho: La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos en que la Constitución establece.
Además de promover una gran transformación en el respeto a la libertad política de los ciudadanos para afiliarse o crear nuevos partidos políticos; brinda la opción del voto ciudadano libre y directo para la elección de sus primeras autoridades municipales, los alcaldes; también, el concejo municipal y las juntas administradoras locales, como espacios de representación política y ciudadana.
Es el municipio el escenario de realización de cada persona y comunidad en sus proyectos de vida laboral, social, cultural educativa, sus vínculos de familia y participación dentro de un marco de libertades y derechos civiles y políticos. Los funcionarios elegidos le deben respeto al control político de sus actuaciones, con ejercicios amplios de rendición de cuentas por sus actuaciones ante la comunidad.
La pobreza de ideas de los partidos políticos y de la administración de los municipios es evidente con la ausencia de propuestas integrales de desarrollo para la ciudad, una democracia restringida, graves denuncias públicas de corrupción, clientelismo, caos vial, fracaso del servicio de movilidad y transporte público metropolitano, (METROLINEA), la represión policiva como fórmula, son procesos regresivos inaceptables. Los principios de ciudadanía son vulnerados por el abuso de poder de gobernantes. Muy grave el deterioro de la expresión de la cultura ciudadana.











