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Sábado 03 de enero de 2026 - 01:00 AM

¿Demanda al decreto del salario mínimo?

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El objetivo de esta columna es tratar de explicar en palabras sencillas algo que suele quedar atrapado en discusiones técnicas. ¿El decreto que fija el salario mínimo en Colombia se puede demandar? La respuesta es sí. Y no es una hipótesis académica ni una exageración política. Ya ocurrió.

Cada año, cuando se anuncia el aumento del salario mínimo, el país se divide entre aplausos y cuestionamientos. Para algunos es un avance social mientras que para otros es una irresponsabilidad económica. El debate es legítimo. Pero casi nadie se detiene a mirar el asunto desde otro ángulo y es el jurídico.

Los decretos, en un Estado de derecho, están sujetos a control judicial. No se demandan porque a alguien le parezca que el aumento fue alto o bajo, sino por algo más serio y es la forma en que se tomó la decisión y la manera en que fue justificada.

El juez, en el caso que se demande el decreto, no fija el salario mínimo. No entra a calcular porcentajes ni a sustituir al Gobierno. Su tarea es más elemental y, al mismo tiempo, más exigente pues debe verificar si se cumplió el procedimiento y si la decisión estuvo debidamente motivada.

Esto no es una novedad. En 2017, el Consejo de Estado anuló el decreto que fijó el salario mínimo para 2016. No lo hizo porque el monto fuera injusto ni porque afectara a los trabajadores. Lo anuló porque la motivación fue insuficiente. No bastaba con mencionar variables como inflación o productividad sin mostrar, con claridad, cómo esas variables conducían al resultado final.

Esa nulidad no implicó devolver salarios ni generar caos. Sus efectos fueron hacia el futuro. Pero dejó una advertencia institucional clara y es la obligación ineludible de motivar adecuadamente las razones de ese acto administrativo.

Por eso no sorprende que hoy, con el nuevo incremento del salario mínimo, haya vuelto a hablarse de demandas. Ello es una posibilidad jurídica real. Algunos han señalado, creo yo con algo de razón, que a veces el porcentaje es la primera conclusión y luego si se busca la manera de justificarlo, debiendo ser al contrario.

Este no es un debate contra los trabajadores ni contra la idea del salario mínimo. Es una discusión sobre la calidad de nuestras decisiones públicas. El control judicial es entonces una herramienta que obliga a argumentar mejor, a motivar adecuadamente la decisión.

Tal vez la discusión no debería centrarse solo en si el salario mínimo fue alto o bajo. Tal vez la pregunta correcta sea otra, más incómoda pero más necesaria y es si el Gobierno fue capaz de explicarlo con el rigor que una decisión de ese tamaño merecía.

Para la academia el debate es muy interesante. Ya veremos qué ocurre en la práctica.

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