Las 'chuzadas' llegaron luego de que el 30 de enero un integrante del Grupo Investigativo contra Estructuras de Delincuencia Organizada (Gredo) solicitó a una fiscal de Quibdó interceptar las líneas de 'la Cocinera' y 'la Madrina', quienes supuestamente eran parte del Clan del Golfo.

Publicado por: Colprensa
La Procuraduría General de la Nación abrió una investigación disciplinaria en contra de seis uniformados de la Policía Nacional por las interceptaciones irregulares de las líneas telefónicas de Marelbys Meza y Fabiola Perea, exempleadas de la directora de Prosperidad Social, Laura Sarabia.
Se trata de los mayores John Jairo López Tolosa y Luis Jeffersson Camacho Prada, el capitán Carlos Andrés Correa Loaiza, el intendente Alfonso Quinchanegua Quinchanegua, la patrullera Dana Alejandra Canizales Bonilla y el patrullero Jhon Fredi Morales Cárdenas. De ellos, la Fiscalía procesa penalmente a Correa, Quinchanegua, Canizales y Morales.
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De acuerdo con el Ministerio Público, tras el hurto registrado en la casa de Laura Sarabia, entonces jefa de gabinete de la Presidencia, se ordenaron y practicaron intervenciones a las comunicaciones de Marelbys Meza, Fabiola Perea y un amigo de Marelbys, aparentemente, "con información documental que no correspondía a la realidad".

Las 'chuzadas' llegaron luego de que el 30 de enero un integrante del Grupo Investigativo contra Estructuras de Delincuencia Organizada (Gredo) solicitó a una fiscal de Quibdó interceptar las líneas de 'la Cocinera' y 'la Madrina', quienes supuestamente eran parte del Clan del Golfo.
No obstante, las líneas telefónicas pertenecían a ningún alias. "El ente de control investiga la expedición de documentos que faltaban a la verdad y/o el incumplimiento a los protocolos institucionales para la recepción y análisis de comunicaciones interceptadas por orden judicial y demás funciones establecidas en las resoluciones emitidas por la Policía Nacional", mencionó la entidad disciplinaria.
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La Procuraduría le pidió a la Policía, entre otros documentos, aquellos que certifiquen las tareas específicas que cumplían los agentes investigados al momento de los hechos, así como oficios e informes sobre "las actividades investigativas, verificaciones y demás actividades relacionadas con sus funciones".















