Colombia
Lunes 24 de junio de 2024 - 03:48 PM

Retiro de biopolímeros y complicaciones con implantes deben cubrirlos las EPS: Corte

La Corte Constitucional hizo un llamado al Estado para que impulse medidas que garanticen que las mujeres tomen decisiones sobre procedimientos estéticos de manera libre y sin presiones estereotipadas.

Los biopolímeros son sustancias sintéticas como la silicona líquida o derivados de la parafina y aceites no aptos para las personas, que se utilizan para rellenos de ciertas áreas del cuerpo como glúteos, rostro o piernas. Tomada de internet //
Los biopolímeros son sustancias sintéticas como la silicona líquida o derivados de la parafina y aceites no aptos para las personas, que se utilizan para rellenos de ciertas áreas del cuerpo como glúteos, rostro o piernas. Tomada de internet //

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Publicado por: A.C.

La Corte Constitucional determinó que los procedimientos médicos para el retiro de biopolímeros están incluidos en el Plan de Beneficios de Salud, de modo que las entidades promotoras de salud (EPS) a asumir el costo del tratamiento.

La decisión también impone a médicos y EPS la obligación de diagnosticar y tratar “los graves síntomas derivados de cirugías estéticas de implantes mamarios”.

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El pronunciamiento fue hecho al fallar los casos de seis mujeres que se sometieron a procedimientos estéticos, cuatro de ellas con biopolímeros y dos a cirugías de implantes mamarios.

En tres de los casos, las demandantes aseguraron que su decisión de someterse a esos tratamientos fue impulsada por sus parejas sentimentales, pero como consecuencia de estos procedimientos, su salud física y mental se vio afectada.

En todos los casos, los médicos tratantes y las EPS negaron la autorización de los servicios médicos, argumentando que las cirugías estéticas y las complicaciones que de ellas se derivan no están incluidas en el plan básico de salud.

Aunque en cuatro casos los jueces protegieron los derechos a la salud y a la vida digna de las demandantes, en dos casos los jueces de tutela determinaron que las demandantes eran las propias causantes de sus síntomas por haber decidido realizarse los procedimientos estéticos.

La Corte discrepó de las conclusiones de estos dos jueces, que sostenían que, al someterse voluntariamente a estos procedimientos, las pacientes debían asumir los riesgos y, en caso de carecer de recursos para costearlos, enfrentarse a las consecuencias.

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En ese sentido, la Corte hizo un llamado al Estado para que impulse medidas que garanticen que las mujeres tomen decisiones sobre procedimientos estéticos de manera libre y sin presiones estereotipadas.

Además, exhortó al Congreso a activar sus competencias para sancionar efectivamente a personas y establecimientos que ofrezcan servicios médicos sin cumplir con las calidades necesarias: “Se trata de establecimientos de garaje que ofrece procedimientos estéticos que requerirían especialización en cirugía plástica, sin embargo no lo tiene”.

Para iniciar el tratamiento se debe tener un concepto médico y que un profesional en la materia sea quien guíe y haga el seguimiento a los avances del mismo.
Para iniciar el tratamiento se debe tener un concepto médico y que un profesional en la materia sea quien guíe y haga el seguimiento a los avances del mismo.

Con información de Colprensa.

Publicado por: A.C.

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