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Colombia
Lunes 27 de julio de 2020 - 12:00 PM

Por fallo judicial, Iván Duque tendría que borrar un tuit sobre la virgen de Chiquinquirá

En un fallo de tutela, la Sala Primera de Decisión de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali ordenó al presidente Iván Duque retirar un tuit en el que homenajeaba a la Virgen de Chiquinquirá como patrona de Colombia.

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BOGOTÁ, 24 de junio de 2020. El Presidente Iván Duque en la firma del acta de inicio de las obras del Regiotram de Occidente.(Colprensa -Externos)
BOGOTÁ, 24 de junio de 2020. El Presidente Iván Duque en la firma del acta de inicio de las obras del Regiotram de Occidente.(Colprensa -Externos)

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BOGOTÁ, 24 de junio de 2020. El Presidente Iván Duque en la firma del acta de inicio de las obras del Regiotram de Occidente.(Colprensa -Externos)

El ciudadano demandante, Víctor David Aucerón Liberato, pidió a la justicia que se tutelaran sus derechos fundamentales como libertad de culto, laicidad del Estado y el principio de separación entre el Estado y la Religión, los que considera vulnerados en virtud de un tuit que publicó el presidente de la República, el 9 de julio del presente año.

En él dijo: «Respetando las libertades religiosas de nuestro país y en clara expresión de mi fe, hoy celebramos los 101 años del reconocimiento a nuestra Virgen de Chiquinquirá como Patrona de Colombia. Todos los días en profunda oración le doy gracias y le pido por nuestro país».

De acuerdo con el sentir del accionante, “el mensaje es discriminatorio toda vez que el presidente está vulnerando las demás creencias, cultos y minorías religiosas que no aprueban la adoración de la Virgen de Chiquinquirá, pues desde el cargo está incitando y haciendo proselitismo religioso en favor de un culto, además de congraciarse con las mayorías políticas devotas”.

Afirma que la ponderación de su derecho a la libertad de expresión no está proporcionalmente equiparado al derecho de toda la sociedad a tener un Estado laico separado de la religión, señalando que genera más vulneración dejar el tuit del presidente, que «el impacto que genera obligarlo a retirarlo, y aclarar que fue un error». Lo anterior, debido a que el presidente antes de ostentar ese cargo tenía 150 mil seguidores y ahora casi dos millones, y que el tuit lleva más de dos mil reproducciones.

El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República explicó que el presidente aclaró su posición personal, así como el punto de vista oficial de respeto a todo credo religioso o culto, además que dicho tuit no tiene carácter de exigible, ni constituye un acto oficial, ni se hizo en ningún acto público en calidad de jefe de Estado, jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, para que se haga oponible una religión o culto oficiales, por ende, afirma que no puede ser considerado como un patrocinio, promoción, impulso, ofensa o imposición de actividad o credo religioso, dado que los temas religiosos hacen parte de nuestras tradiciones y cultura, pues estaba de por medio la celebración de una tradición centenaria que nos ha unido como colombianos.

En ese sentido, “en este tipo de comunicación no resulta exigible la estricta objetividad, pero sí un mínimo de justificación y razonabilidad, que no la eximen del control político y jurídico, pues en todo caso debe respetar los derechos fundamentales de terceros... Tal declaración debió hacerse con el debido cuidado, de no desconocer derechos fundamentales ajenos, dado el impacto que genera en los ciudadanos esa declaración por provenir del primer mandatario, de quien se predica un alto grado de credibilidad, además por haberse publicado en una red de alto impacto social, como lo es Twitter”.

Así pues, para esa Corporación, el mensaje emitido por el presidente no cumple con los mínimos de justificación y razonabilidad, por ser un claro discurso en materia religiosa cuya divulgación es prohibida, pues implica el desconocimiento del derecho de libertad de culto, y el deber de neutralidad del Estado, y en consecuencia, es vulneratorio del principio de laicidad del Estado, teniendo en cuenta que a las autoridades públicas les está prohibido realizar conductas que constituyan un favorecimiento a una confesión o iglesias, de ahí que, no resulte suficiente la manifestación realizada en el, relativa a «Respetando las libertades religiosas de nuestro país» para entender que no las transgrede.

Por eso, la Sala tuteló los derechos fundamentales a la libertad de culto, laicidad de Estado de Víctor David Aucenon Liberato, ordenó al presidente Duque que un término no superior a las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de esta providencia, retire de la cuenta de Twitter @IvanDuque, el mensaje publicado el 9 de julio de 2020, alusivo a la conmemoración de la Virgen de Chiquinquirá y lo previno para que, en lo sucesivo, se abstenga de incurrir en las conductas que dieron origen a esta tutela.

Este fallo podría ser impugnado por el mandatario, pero de momento no ha sido pública su decisión.

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Publicado por Colprensa, Medellín

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