Durante el Congreso Internacional de los 20 años de la Constitución Política de Colombia, el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, criticó el fallo de la Corte Constitucional para despenalizar el aborto.

Publicado por: COLPRENSA
En sus declaraciones Ordóñez manifestó que "desear practicarse un aborto debería llamarse deseo de destruir la vida humana" y aseguró que en Colombia "se está dejando el Estado Social de Derecho para pasar al Estado social de los deseos".
A lo que el presidente de la Corte Constitucional, Juan Carlos Henao, le respondió que "invito al auditorio a que mire los análisis de la Corte Constitucional sobre este tema, esto es prueba del pluralismo, no del Estado de los deseos, porque entre otras yo no venía preparado para esta discusión. Entonces lean los fallos y miren los argumentos y no creamos que no hay Estado Social de Derecho y que simplemente hay un estado de deseos, eso no lo creo".
La discusión, que se tornaba graciosa para los asistentes al auditorio, se puso aún más interesante cuando el expresidente, César Gaviria, le dijo al Procurador que estaba en total desacuerdo. "El tema de discusión del derecho a la vida es una cuestión ideológica, no es un asunto de la verdad absoluta, es una cuestión de creencia".
El expresidente le dijo que estaba equivocado al afirmar que las sentencias de la Corte no son fuente de derechos, "claro que sí son fuentes de derecho, no hay otras fuentes de derecho en relación con la interpretación de esos derechos, de manera que el procurador no puedo decir eso, porque es esencial en el cumplimiento de su función como procurador".
El regaño constitucional
En diciembre pasado la Corte Constitucional hizo un fuerte regaño al Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, y a la Superintendencia de Salud, frente al cumplimiento de la cátedra que debe darse sobre el tema del aborto.
El llamado de la Corte se encuentra consignado en el auto 327 de 2010, donde se le aclara al Jefe del Ministerio Público "no obstaculizar la función Pública, sino manifestar y fundamentar su objeción de conciencia y apartarse para que el cumplimiento de la misma sea hecho por otro funcionario", enfatiza la Corte.















