La Corte Suprema refuerza derechos laborales: avala licencia por muerte de mascotas en pactos colectivos y amplía a tres años la protección para prepensionados.

Publicado por: Redacción Economía
Una información de sumo interés para los trabajadores en Colombia se dio recientemente: La Corte Suprema avaló que empresas den licencia remunerada por muerte de mascotas en caso de acuerdo y además, amplió el fuero pensional a tres años para proteger a quienes están cerca de jubilarse.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia emitió una serie de fallos que modernizan las garantías de los trabajadores colombianos, que representan un giro significativo para la jurisprudencia laboral del país.
Las sentencias no solo introducen la sensibilidad por el bienestar emocional ante la pérdida de animales de compañía, sino que fortalecen la estabilidad de quienes están cerca de la jubilación. Además: Licencia por muerte de mascota: así avanza el proyecto de ley

Luto por mascotas: Un derecho por negociación
Uno de los puntos más disruptivos es la validación de un día de licencia remunerada por la muerte de una mascota. Si bien la ley no lo exige de forma general, el alto tribunal determinó que este beneficio es plenamente válido cuando se acuerda entre la empresa y el sindicato mediante negociación colectiva. Otras noticias: ¿Pueden darle licencia en el trabajo si fallece su mascota? Esto dice la Corte Suprema
Con esto, la Corte reconoce que estos permisos “extralegales” son legítimos y deben respetarse como parte de los beneficios contractuales modernos.
Mediante la Sentencia SL2375 de 2025, avaló un acuerdo colectivo que permitía otorgar licencia remunerada por la muerte de una mascota, luego de que una empresa intentara eliminar ese beneficio pactado con un sindicato.

Escudo de tres años para los “prepensionados” en Colombia
En materia de estabilidad, la Corte amplió el alcance del fuero pensional. Mediante la sentencia SL2600-2025, el alto tribunal amplió la protección, lo que incluye a más colombianos dentro de este fuero.
El tribunal fijó que los trabajadores que ya cuentan con las semanas de cotización y se encuentran a tres años o menos de cumplir la edad de jubilación, gozan de una estabilidad laboral reforzada. Se recomienda: Aportes extra sin beneficio: el tope que limita las pensiones en Colombia desde 2026
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Esto significa que las empresas no podrán despedir a estos empleados sin una causa real y demostrable. El objetivo es evitar que el trabajador quede desprotegido económicamente justo en el tramo final para adquirir su derecho a la pensión.
Cabe recordar que dicha sentencia se originó tras revisar el caso de Claudio Mauricio Peña Hoyos, quien trabajó durante más de 10 años para la empresa Procesos y Canje S.A. Peña Hoyos fue despedido sin justa causa a los 59 años de edad, cuando ya había completado las semanas requeridas para pensionarse, pero aún no cumplía la edad legal para acceder a la mesada. Lea: Blindaje laboral en Colombia: prohíben despidos a tres años de la pensión

Semanas de invalidez también suman para pensionarse
Finalmente, el tribunal aclaró que las semanas cotizadas mientras un trabajador percibe una pensión de invalidez también deben computarse para la pensión de vejez. Le puede interesar: Colpensiones confirma beneficios para pensionarse con menos edad y semanas cotizadas
Esta decisión unifica criterios para evitar que los trabajadores en condiciones de vulnerabilidad vean fragmentada su historia laboral al momento de buscar su retiro definitivo.











