El Gobierno Nacional reglamenta tribunales exclusivos para dirimir deudas, herencias y ocupaciones, priorizando regiones con alta informalidad rural.

Publicado por: Redacción Vanguardia
El presidente, Gustavo Petro, firmó en el municipio de Cereté (Córdoba) la Ley Estatutaria 2570 de 2026, la cual crea formalmente la Jurisdicción Agraria y Rural. Este nuevo sistema judicial tiene como objetivo resolver conflictos sobre la tenencia de la tierra mediante tribunales exclusivos. La legislación entrará en operación una vez el Congreso apruebe una ley ordinaria que dicte los procedimientos de los juicios y se asignen los recursos presupuestales para su funcionamiento.
Alcance y funciones de los nuevos despachos judiciales
El nuevo sistema contará con jueces dedicados exclusivamente a solucionar controversias sobre el uso del suelo, contratos de aparcería o arriendos, y desalojos por ocupaciones de fincas. Asimismo, los despachos tramitarán reclamos sobre la posesión de fincas privadas, servidumbres y revisarán las decisiones administrativas de la Agencia Nacional de Tierras (ANT).
La estructura judicial funcionará con Juzgados Agrarios y Rurales en los municipios y Tribunales Agrarios regionales, conformados por al menos tres magistrados. Como máximas autoridades actuarán la Corte Suprema de Justicia, para pleitos entre ciudadanos, y el Consejo de Estado, cuando los problemas involucren a entidades públicas.
En un hecho histórico el presidente Petro acaba de firmar la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Agraria que permite la existencia de Jueces y Magistrados dedicados exclusivamente a resolver conflictos agrarios. pic.twitter.com/aX51ZqkZPO
— Mamertos 2.0🍉 (@Mamertos0) March 28, 2026
El Ministerio de Justicia y del Derecho explicó que la normativa busca garantizar que campesinos, mujeres rurales, pueblos indígenas y comunidades negras cuenten con un sistema especializado, accesible y justo. Para ello, la Defensoría del Pueblo contratará facilitadores agrarios que brindarán orientación legal gratuita a los pobladores de menores recursos.
Procedimientos orales y presencia en el territorio
Una de las novedades de esta ley es que los procesos judiciales se realizarán de forma oral para facilitar la comprensión de los usuarios. Las normas exigen que los jueces se desplacen hasta los lugares donde ocurren los conflictos para la recolección de pruebas. Además, se garantiza que cualquier persona sin recursos reciba la asistencia gratuita de un abogado durante todo el proceso.
Para la elección de los funcionarios, el Consejo Superior de la Judicatura organizará un concurso de méritos que evaluará conocimientos en leyes agrarias y ambientales. Mientras se surte este proceso, los puestos podrán ser ocupados de forma temporal.
La apertura física de los juzgados se realizará de manera gradual, priorizando las zonas con mayor población campesina, territorios con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y áreas con altos niveles de informalidad en la propiedad. En regiones apartadas, los jueces podrán compartir oficinas con otras entidades del Estado para optimizar costos.
Cabe destacar que la sanción del texto se dio tras la revisión de la Corte Constitucional, que anuló los artículos 4 y 5 por ser ajenos al objetivo principal de la ley. El Gobierno Nacional concluyó que esta implementación representa el inicio de una transformación profunda para la vida en el campo colombiano.















