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Jueves 27 de noviembre de 2025 - 01:00 AM

Prácticas que afectan la copropiedad

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En las propiedades horizontales se tienen como costumbres ciertos actos que rayan muchas veces la normativa pudiendo ocasionar sanciones a quienes los ejecutan, problemas de convivencia y hasta la desvalorización de las unidades privadas. Veamos algunas de estas conductas: 1. Los supuestos valores agregados que se les piden a las empresas de vigilancia, que se salen de las tarifas establecidas por la Superintendencia de Vigilancia, pudiendo ser sancionados por no cumplir con las establecidas en la ley. 2. Pedir valores agregados o coimas a contratistas, además de ser una práctica indebida, puede configurar el delito de corrupción privada. 3. Realizar contrataciones dentro de la propiedad horizontal con base en el precio y no en las capacidades que estos tengan. 4. Realizar comentarios en los pasillos del edificio o en las redes en contra de otros copropietarios u órganos de administración; muchas veces rayando con los delitos de injuria y calumnia. Hablar mal de los demás degrada a quien lo hace. 5. No presentar información permanente sobre el desarrollo administrativo y financiero de la copropiedad por parte de los órganos de administración. Una de las obligaciones que la ley establece al administrador es entregar las actas de consejo y de asamblea a todos los propietarios y residentes, siendo esto una herramienta de transparencia y un apoyo para que estos órganos den a conocer su trabajo. 6. No tener definido un sistema de comunicación interna. Las redes sociales (que muchas veces terminan siendo poco sociales) no son un medio de comunicación efectivo administrativo. 7. No respetar los horarios de descanso del personal del Edificio. Vemos reuniones y llamadas fuera del horario en que tradicionalmente la gente descansa. Nuestros funcionarios también tienen familia. 8. Cuando se postulen a los cargos, ¡conózcalos! Por dar un ejemplo, los miembros de los consejos de administración, por intentar coadministrar, terminan convirtiendo el contrato del administrador en un contrato realidad laboral. Todos los órganos en la propiedad horizontal tienen sus propias funciones, pero es necesario conocer la ley, los reglamentos y las normas que por remisión nos obligan. 9. No tener la documentación y la gestión archivística de la copropiedad. No se pueden tomar decisiones cuando no se posee la información de referencia para hacerlo. 10. Hablar mal de la copropiedad afecta su imagen y valor; ningún comentario negativo genera resultados positivos.

Varias costumbres de las aquí vistas no sólo rayan en conductas punibles, sino que pueden afectar económicamente a la copropiedad. Vivir en propiedad horizontal no sólo implica hablar de derechos, sino que tenemos obligaciones para no alterar la convivencia pacífica y los intereses de aquellos que hacen parte de esa comunidad. Debemos empezar a generar una conducta de responsabilidad social en las copropiedades a menos que queramos terminar viviendo solos.

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