En Colombia acudimos a la tutela para obtener una respuesta, conseguir un medicamento o lograr que una entidad haga aquello que estaba obligada a hacer. Después nos sorprende la congestión de los jueces constitucionales y el número de acciones que reciben diariamente. Tal vez seguimos explicando el problema desde el lugar equivocado.
La tutela empieza antes de llegar al juez, cuando una autoridad guarda silencio, responde cualquier cosa, evade una pregunta, lo remite entre oficinas o deja vencer los términos esperando que el ciudadano se canse. Así llega a la Rama Judicial un asunto que pudo resolverse con una respuesta clara y una decisión oportuna.
Hace poco, un congresista acudió a este mecanismo para obtener de una entidad nacional información sobre el uso de recursos públicos. La respuesta llegó después de que un juzgado admitiera la acción. Más allá de la discusión política, queda el cuestionamiento inevitable: ¿por qué debe intervenir un juez para que una autoridad entregue información que tenía el deber de suministrar?
Pero no siempre la tutela termina con una orden favorable. También puede ayudar sin conceder lo solicitado. Su trámite obliga a las entidades a explicar qué hicieron y quién debe actuar. El problema aparece cuando se declara improcedente porque existe otro camino, sin establecer si realmente servirá. No basta que exista otro mecanismo; el juez debe comprobar si puede proteger al ciudadano antes de que sea tarde.
Lo he visto en un asunto cercano. El juez de tutela consideró que la discusión podía resolverse en otro proceso. Sin embargo, la diligencia sugerida para buscar una solución sería posterior al vencimiento del plazo que apremiaba al ciudadano. Existía otro medio, sí, pero llegaría tarde. Fue necesario impugnar la decisión.
Cada tutela exige reparto, estudio del juez, notificaciones, informes, fallo y, algunas veces, una segunda instancia o actuaciones para exigir el cumplimiento. La demora de una oficina termina poniendo a funcionar el aparato judicial y obliga al ciudadano a invertir tiempo y dinero para obtener algo que pudo resolverse antes.
Existen acciones innecesarias y personas que intentan convertir este mecanismo excepcional en un atajo para cualquier inconformidad, y sería cómodo atribuir la congestión únicamente a quienes las presentan. También deben examinarse las autoridades que callan, contestan a medias o trasladan su responsabilidad hasta convertir al juez constitucional en la ventanilla que finalmente decide.
Antes de preguntarnos cómo reducir el número de tutelas, deberíamos establecer cuántas podrían evitarse si las instituciones cumplieran sus deberes. Cuando obtener una respuesta legalmente garantizada requiere un fallo, el problema no está en el ciudadano que busca protección. Comenzó en la oficina que pudo responder y actuar cuando correspondía, pero decidió no hacerlo. Por fortuna, existe la tutela.












