jueves 31 de marzo de 2022 - 12:00 AM

Ramiro Serrano

Abuso del derecho

es inaceptable que se quiera utilizar una mala
interpretación de la norma para crear caos en la
propiedad horizontal.
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Columna de
Ramiro Serrano

Efectivamente el artículo 39 de la Ley 675/01 manifiesta que debe haber por lo menos una asamblea ordinaria en el año y que es obligación del administrador de la propiedad horizontal realizar una dentro de los tres meses siguientes al vencimiento del periodo presupuestal con el fin de nombrar las dignidades, aprobar estados financieros y aprobar presupuestos.

Con el fin de evitar abusos y poner obstáculos a la participación comunitaria el artículo 40 de la misma norma establece que un número plural de personas podrán reunirse de manera presencial sin convocatoria alguna, el primer día hábil del cuarto mes a las 8:00 pm, a definir los temas que por norma son propios de una asamblea ordinaria, cuando esta no se haya “convocado” dentro de los tres primeros meses siguientes al periodo presupuestal.

Es necesario diferenciar el verbo “convocar” a “realizar”, ya que aprovechándose de esta confusión algunos copropietarios y profesionales cigüeñas se han puesto en la labor de promover asambleas por derecho propio, cuando han sido citadas con anterioridad, simplemente para realizar un verdadero golpe de estado en la copropiedad, favoreciendo con esto simplemente intereses personales o profesionales de quienes la convocan. Estos comportamientos que rayan toda ética y esperado comportamiento social, lo único que logran es dividir las copropiedades, generar mayores costos a la persona jurídica y darle reconocimiento a un grupo minoritario que quieren sobrepasar los intereses del colectivo; pues a costo de sabotear el trabajo de otros, llevan a las copropiedades a impugnaciones y escenarios de inseguridad jurídica.

Entendemos que todo administrador tiene la obligación de citar su asamblea ordinaria dentro de estos tres meses y si ni siquiera la cita para realizarla posteriormente, da derecho a los copropietarios para reunirse por derecho propio. Pero es inaceptable que se quiera utilizar una mala interpretación de la norma para crear caos en la propiedad horizontal.

Mañana como primer día hábil del cuarto mes, veremos quienes acabarán el tejido social de las copropiedades y su economía al utilizar la ignorancia jurídica para hacer asambleas por derecho propio habiéndose ya convocado. ¡No se deje engañar!

Este artículo obedece a la opinión del columnista. Vanguardia no responde por los puntos de vista que allí se expresen.
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