El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó el nuevo Régimen de Áreas Metropolitanas, ley que fortalece la capacidad de gestión de las regiones y el diálogo con los alcaldes, gobernadores, diputados y concejales.

Publicado por: REDACCIÓN POLÍTICA
La sanción se dio luego de que el proyecto ya hubiera sido aprobado al finalizar 2012 y posteriormente objetado por el Presidente de la República, quien consideró que así como estaba el texto tenía varios vicios de inconstitucionalidad.
De esta manera, el Congreso de la República tuvo que volver a tramitar el proyecto y eliminarle los artículos relacionados con la capacidad que se le otorgó a las áreas metropolitanas para establecer bases gravables y los sujetos que serán destino de los tributos que administran, así como la posibilidad de establecer quiénes deberán pagar impuestos como el de la valorización.
Adicionalmente, el Legislativo tuvo que reformar artículos que afectaban la autonomía territorial de los municipios como la obligatoriedad de que los planes de desarrollo estuvieran enfocados de la misma manera que los departamentales o metropolitanos.
La nueva norma hace parte de las leyes tramitadas por el Ministerio del Interior para impulsar y poner en marcha el proceso de descentralización por el jefe de la cartera política, Fernando Carrillo.
“Es importante resaltar que la nueva ley tiene componentes de ordenamiento físico territorial, económico, social, urbanístico y ambiental, que le permitirán a estos entes administrativos tener planes integrales de desarrollo metropolitano, ejecutar obras para la atención de emergencias y creación de bancos inmobiliarios para promover programas de vivienda de interés social”, explicó Carrillo.
Así las cosas, entre las funciones que quedaron establecidas para las áreas metropolitanas está la formulación y adopción del Plan Integral de Desarrollo Metropolitano y el Plan Estratégico Metropolitano de Ordenamiento Territorial; así como la coordinación del sistema nacional de vivienda de interés social y la adopción de políticas para el desarrollo de programas metropolitanos de vivienda.
Sobre el control fiscal, la nueva ley determina que cuando los municipios del área metropolitana comprendan varios departamentos lo ejercerá la Contraloría Departamental del municipio núcleo.
Autoridad ambiental en Bucaramanga aún no se define
Pese a que con la sanción del Presidente de la República sobre la ley que establece el régimen de las áreas metropolitanas se corroboró y quedó en firme la disposición, según la cual, estas entidades pasarán a ejercer autoridad ambiental sobre la zona urbana de los municipios que las conforman, el pleito que existe en Bucaramanga por el manejo del medio ambiente aún no se resuelve.
La razón obedece a que la duda sobre si la Corporación para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, Cdmb, o el Área Metropolitana de Bucaramanga, AMB, deben ejercer autoridad ambiental, se remite al censo que se debe tener como referencia para determinar el número de habitantes en la ciudad.
En este sentido, la Cdmb ha argumentado que el AMB se basó en una proyección certificada por el DANE que carece de efectos legales debido a que el único censo oficial en Colombia es el de 1985. Por su parte, el AMB ha asegurado que esa proyección es legal y que le permite ejercer la autoridad ambiental en el casco urbano de Piedecuesta, Floridablanca, Girón y Bucaramanga.
Esa decisión estará en manos de los juzgados administrativos de Santander, que tendrán que resolver la validez o no de ese censo y determinar si el AMB puede ejercer autoridad ambiental en el área metropolitana de la capital santandereana.














