Una finca comprada como proyecto productivo terminó atrapada entre un proceso de expropiación. En el centro del conflicto se cruzan cuestionables actuaciones del gobierno de Gustavo Petro.

Publicado por: Katterine Dimas
“El gran problema es que ya nos quitaron la tierra”. La frase de Carlos Alberto Díaz resume el desenlace de una historia que comenzó hace 15 años con una compraventa y que terminó entre procesos judiciales, decisiones administrativas, cultivos de palma, trabajadores desalojados y unas 50 familias que hoy ocupan el predio.
Díaz habla de la finca Puerto Rico, ubicada en Yarima, jurisdicción de San Vicente de Chucurí, en el Magdalena Medio santandereano. Son 93 hectáreas, de las cuales unas 60 eran aptas para palma. Allí, junto con sus dos socios, alcanzó a sembrar cerca de 30 hectáreas de cultivo productivo.
Pero para entender por qué, después de tantos años, asegura que perdió la tierra, hay que regresar a 2011.
Una compra que parecía segura
“Nosotros compramos en el año 2011, digo compramos porque somos tres los dueños”, cuenta Díaz. Para entonces trabajaba en el sector bancario y, junto con dos socios, había visto cómo crecía el negocio de la palma de aceite en el Magdalena Medio.

Buscaron varios predios hasta encontrar Puerto Rico. La compraventa se formalizó el 26 de diciembre de 2011. Carlos Alberto asegura que antes de comprarla realizaron estudios de títulos con abogados y que, además, el Banco Colpatria hizo sus propias verificaciones antes de aceptar la finca como garantía del crédito utilizado para financiar la operación.
Carlos Alberto Díaz y sus socios aseguran que, luego de invertir en la finca Puerto Rico, en San Vicente de Chucurí, fueron desalojados tras 15 años de controversias jurídicas. La Agencia Nacional de Tierras recibió el predio mediante una figura cuestionada por ellos; hoy lo habitan unas 50 familias campesinas.
La finca fue entregada como garantía del crédito y, según su relato, “los abogados del Banco Colpatria hicieron los estudios de títulos y los avalúos correspondientes”, dice.
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Con la tierra asegurada y el crédito aprobado, comenzó el proyecto. Hasta que llegó el primer pleito.
El pasado de la tierra volvió a cobrar vida
En 2015, antiguos propietarios demandaron a Carlos Alberto y a sus dos socios dentro de un proceso de restitución de tierras. Díaz explica que ellos habían comprado el predio a Fernando Higuera Delgado, un reconocido comerciante, agricultor y ganadero de la región, quien a su vez lo había adquirido años antes.
“La demanda no prosperó y el 7 de octubre de 2016 quedó demostrado que eso no era cierto y que a ellos nadie les había quitado la tierra”, afirma.
Después de ese proceso, los tres continuaron con el proyecto.
“Nosotros ya habíamos sembrado 30 hectáreas de palma y el proyecto era sembrar siquiera 60, porque la finca tiene 93 hectáreas y más o menos 60 eran aptos para palma”, relata.

Parecía que Puerto Rico finalmente podía convertirse en la inversión que habían proyectado.
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Pero en 2020 apareció un problema.
Ese año, el predio quedó cobijado por una medida cautelar dentro de un proceso de Justicia y Paz relacionado con bienes destinados a la reparación de víctimas del conflicto armado. El 6 de marzo de 2021 fue secuestrado formalmente y entregado al Fondo para la Reparación de las Víctimas.
Díaz recuerda que al comienzo ni siquiera sabía exactamente qué estaba ocurriendo. “Llegó un funcionario de la Fiscalía y dijo que la tierra estaba en investigación. Nosotros le preguntamos a la Fiscalía, no dijeron nada; mandamos derechos de petición a la Fiscalía, no dijeron nada”, cuenta.
A través del Decreto 174 de 2026, el Fondo para la Reparación de las Víctimas transfirió definitivamente el dominio del predio a la Agencia Nacional de Tierras, argumentando decretos de emergencia.
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Dos años después, dice, recibieron la explicación.
Según su relato, una mujer que había sido propietaria del predio antes de Fernando Higuera presuntamente habría tenido un vínculo con un paramilitar del Magdalena Medio identificado como Ciro Antonio Díaz Amado, alias ‘Nicolás’ (fallecido en 2005), comandante del Frente Isidro Carreño AUC. A partir de esa relación, la Fiscalía vinculó el inmueble a un proceso de extinción de dominio.
“La Fiscalía se pegó de ahí y dijo: ‘Entonces todos los bienes que en algún momento fueron o son de la señora fueron adquiridos con dinero de los paramilitares y los vincularon en extinción de dominio para reparar a las víctimas. Y metieron a nuestra finca en ese proceso”, sostiene.
Entonces comenzó otra defensa judicial.
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La buena fe no fue suficiente
La disputa terminó girando alrededor de la llamada buena fe calificada o exenta de culpa.

Díaz sostiene que hicieron las verificaciones que consideraban razonables para comprar la finca.
“Nosotros hicimos estudios de títulos, conversamos con amigos de la zona, yo conocí a algunas personas de allá, de hecho el dueño de la finca era cliente del banco”, explica.
Sin embargo, según cuenta, la tesis adoptada por la Fiscalía y posteriormente por la justicia fue que los compradores debieron ir más allá de los documentos oficiales y averiguar directamente en la región quiénes habían sido los antiguos propietarios.
Su molestia se resume en una comparación: “Yo para comprar ese predio tenía que haberme ido a preguntar chismes de la región, eso no tiene sentido”.
Díaz considera que esa exigencia era bastante peligrosa en una zona golpeada por el conflicto armado.
Antes esta situación, los tres dueños de la finca Puerto Rico “perdimos el caso de extinción de dominio”, asegura.
Mientras avanzaba la controversia, el Fondo para la Reparación de las Víctimas permitió que los socios permanecieran en el predio mediante un contrato de arrendamiento para mantenerlo productivo.
La situación, para Díaz, resultaba paradójica.
“Nos tocó como dos años pagar arriendo por la finca que era nuestra al Fondo de Reparación para las Víctimas y así poder seguir trabajando”, relata.
La llegada de la ANT a Puerto Rico
El último capítulo comenzó en 2026, cuando el Fondo transfirió el dominio del predio a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) mediante una figura denominada enajenación temprana.

Díaz cuestiona que se haya aplicado esa figura y asegura que sus abogados consideran que las normas utilizadas no correspondían al caso.
Según su relato, un funcionario de la ANT llegó a la finca y les informó cuánto había pagado la entidad.
“Nosotros esta tierra se la compramos al Fondo en mil novecientos millones de pesos”, asegura que les dijo.
El 12 de junio de 2026, la ANT, acompañada por la fuerza pública, ejecutó el desalojo. En la finca estaban el mayordomo junto con su familia, incluida una menor de edad, y dos trabajadores.
“Ellos perdieron su trabajo porque si no hay explotación, pues nosotros no podemos mantener una nómina”, explica Díaz.
Mientras tanto, unas 50 familias procedentes, según Díaz, de una asociación campesina de San Vicente de Chucurí llegaron al predio.
“A ellos los llevaron dos semanas antes de elecciones y les dijeron: ‘Mire, esta es la tierra que a ustedes les toca y se la vamos a repartir’”, afirma. Mientras a los tres socios les dijeron: “Sálganse, porque esto ya no es de ustedes”.
La salida de los propietarios no significó que el cultivo dejara de producir.
“Ellos se quedaron con todo eso. Un cultivo productivo, bien mantenido, que costó un dineral llevarlo hasta donde está”, asegura Díaz.
Las millonarias pérdidas
Los tres socios calculan que las pérdidas económicas pueden ser millonarias. El avalúo que contrataron estableció un valor de $2.600 millones para la tierra, mientras que la ANT, según su relato, informó que la había comprado por $1.900 millones.

A eso suma los ingresos que esperaba obtener de la palma y la ganadería. Por eso considera que las pérdidas acumuladas podrían acercarse a varios miles de millones de pesos.
“Nosotros, por supuesto, algo que tenemos que hacer ahora y que se está estudiando es pedirle al Estado una indemnización”, anuncia.
Mientras prepara nuevas acciones jurídicas, la finca permanece en manos de quienes llegaron después del desalojo.
Y Díaz vuelve al punto de partida, a esa frase que para él resume 15 años de inversiones, procesos y decisiones judiciales: “Pero el gran problema es que ya nos quitaron la tierra”.
Vanguardia consultó con la Agencia Nacional de Tierras sobre el tema y obtuvo como respuesta que en la entidad se están presentando algunos cambios que, por ahora, impiden entregar información, por lo cual se realizó una solicitud de respuesta vía correo electrónico.
Cuatro claves legales para entender el caso
Restitución de tierras. La Ley 1448 de 2011 busca devolver los predios abandonados o despojados por el conflicto armado. Quien se oponga puede demostrar que adquirió de buena fe exenta de culpa y, si lo acredita, obtener una compensación, aunque el juez ordene restituir la tierra, según la ley 1448 de 2011.
Justicia y Paz. Los bienes vinculados a estos procesos pueden ser embargados, secuestrados y entregados al Fondo para la Reparación de las Víctimas. La medida cautelar permite asegurar y administrar el inmueble mientras se define su situación jurídica, pero no equivale por sí sola a una sentencia definitiva, tal como lo dice la ley 975 de 2005.
Extinción de dominio y buena fe. La extinción de dominio permite al Estado perseguir bienes relacionados con actividades ilícitas. La Ley 1708 de 2014 protege a los terceros que hayan adquirido lícitamente y con buena fe exenta de culpa. No basta con afirmar que se actuó honestamente: también deben demostrarse diligencias encaminadas a verificar la situación jurídica del bien. Un estudio de títulos es relevante, pero corresponde al juez determinar si las verificaciones fueron suficientes, según lo establece la ley 1708 de 2014 y la sentencia T-369 de 2023.
Adquisición temprana por la ANT. El artículo 61 de la Ley 2294 de 2023 autoriza a la ANT a comprar al Fondo inmuebles rurales vinculados a procesos de extinción de dominio en curso. El precio debe basarse en un avalúo comercial vigente y el Fondo debe reservar el 30 % del valor para atender una eventual orden judicial de devolución, dice la ley 2294 de 2023.















