Diferentes organizaciones le siguen la pista a la Ley Comida Chatarra, que fue sancionada y no ha sido reglamentada por el Ministro de Salud y Protección Social.

Publicado por: Nelly Vecino Pico
Diferentes organizaciones le siguen la pista a la Ley Comida Chatarra, que fue sancionada el pasado 30 de julio por el Presidente Iván Duque Márquez, sin embargo, han pasado casi cuatro meses y no ha sido reglamentada por el Ministro de Salud y Protección Social.
Precisamente, la Red de Padres y Madres, RedPaPaz, ha venido motivando a los colombianos que ingresen a la plataforma ‘Entre Todos’ de esa organización, para enviarle un correo electrónico al Ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez, para pedirle que lidere, con rigor científico y agilidad, la reglamentación de la Ley Comida Chatarra, la cual, a pesar de haber sido aprobada por el Congreso y promulgada el 30 de julio en el Diario Oficial como la Ley 2.120 de 2021, a la fecha todavía no ha sido reglamentada.
Voceros de Red PaPaz indican que la ley marca un hito importante en políticas de salud, pues su enfoque se centra en la garantía de entornos saludables para proteger el derecho a la alimentación y nutrición adecuados a través de la adopción de medidas efectivas, como en este caso, el etiquetado frontal de advertencia. Sin embargo, para que esta medida sea implementada, la ley le exige al Ministerio de Salud que, en un periodo no mayor a 12 meses después de la sanción presidencial, expida una reglamentación aplicable a todos los productos comestibles o bebibles.
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Además, Angélica María Claro, asesora de Red PaPaz para la promoción de la alimentación saludable, dijo que a pesar de la oposición de la industria, la academia y un sector de la sociedad civil, lograron que el Congreso diera un paso importante para proteger el derecho a la alimentación de la niñez y adolescencia.
Por tanto, se debe seguir cuidando el logro, la cual tuvo que superar dos años de lucha.

En revisión los instrumentos
Sobre el particular, desde el Ministerio de Salud indicaron que “se debe reglamentar el artículo 5. Éste según lo dispuesto por la ley está en revisión debido a que (casi dos meses antes) de la aprobación por el Congreso, el Ministerio, amparado en el artículo 10 de la ley 1.355 (vigente en ese momento), expidió la resolución 810 del 2021, que incluye dentro de otras cosas el etiquetado frontal.
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En ese sentido, el Ministerio está revisando la armonización de los dos instrumentos de política pública; y, en el resto de disposiciones que tiene la ley, que no son sólo competencia de MinSalud, se está trabajando en la submesa de alimentación saludable de la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional-CISAN.














