Economía
Martes 20 de octubre de 2026 - 12:24 PM

¿Se accidentó antes de entrar al trabajo? La Corte Suprema aclaró cuándo responde la ARL

El alto tribunal determinó que un accidente puede considerarse laboral incluso si ocurre fuera de la empresa y antes de iniciar la jornada. La decisión surgió tras la muerte de un trabajador en Barranquilla.

La decisión judicial protege a los trabajadores y sus familias cuando un accidente ocurre antes del ingreso al sitio de labores, siempre que exista un vínculo con la actividad laboral.
La decisión judicial protege a los trabajadores y sus familias cuando un accidente ocurre antes del ingreso al sitio de labores, siempre que exista un vínculo con la actividad laboral.

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Publicado por: Redacción Vanguardia

Llegar temprano al trabajo y sufrir un accidente antes de ingresar a las instalaciones de la empresa no significa necesariamente quedar por fuera de la protección del sistema de riesgos laborales. Así lo aclaró la Corte Suprema de Justicia en una decisión que establece criterios importantes para los trabajadores colombianos y sus familias.

Mediante la Sentencia SL852-2026, la Sala de Casación Laboral determinó que los accidentes ocurridos en las inmediaciones del lugar de trabajo, mientras una persona espera para comenzar su jornada, pueden ser considerados de origen laboral.

La decisión, dada a conocer el 16 de octubre de 2026, surgió del caso de un trabajador que murió en Barranquilla después de que una cornisa se desprendiera de una edificación y lo golpeara cuando estaba próximo a ingresar a sus labores.

Aunque el accidente ocurrió antes del horario habitual y fuera del edificio, la Corte concluyó que existía una relación directa entre la presencia del hombre en ese lugar y el cumplimiento de sus obligaciones laborales.

El pronunciamiento permitió reconocer la protección que reclamaban su esposa y sus dos hijas, a quienes inicialmente se les había negado la pensión de sobrevivientes. Lee: Ordenan reintegrar a trabajadora despedida por organizar una colecta: “Dijeron que había cometido falta grave”

La Corte Suprema precisó que un accidente ocurrido antes de iniciar la jornada laboral puede ser responsabilidad de la ARL, dependiendo de las circunstancias y de su relación con el trabajo.
La Corte Suprema precisó que un accidente ocurrido antes de iniciar la jornada laboral puede ser responsabilidad de la ARL, dependiendo de las circunstancias y de su relación con el trabajo.

El caso del trabajador que murió antes de comenzar su jornada

Los hechos se remontan al 27 de marzo de 2014, cuando un hombre vinculado a la Fundación Social Bocas de Ceniza llegó temprano a una obra en el edificio Grattacielo, en Barranquilla.

El trabajador se encontraba afiliado a Positiva Compañía de Seguros, entidad que administraba sus riesgos laborales.

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Según los antecedentes del proceso, el hombre llegó antes del inicio de su jornada y se dirigió a un establecimiento cercano para comprar bebidas.

Posteriormente, regresó al lugar donde estaban sus compañeros, en las inmediaciones de la obra.

En ese momento, una cornisa se desprendió del edificio y lo golpeó. Las lesiones le ocasionaron la muerte.

Después del accidente, su esposa y sus dos hijas solicitaron el reconocimiento de una pensión de sobrevivientes, al considerar que el fallecimiento había ocurrido en circunstancias relacionadas con su trabajo.

Sin embargo, la naturaleza laboral del accidente fue objeto de una controversia judicial que se prolongó durante varios años.

¿Por qué la ARL se negó a reconocer el accidente?

 El fallo de la Corte Suprema surgió del caso de un trabajador que murió tras el desprendimiento de una cornisa cuando esperaba ingresar a una obra en Barranquilla.
El fallo de la Corte Suprema surgió del caso de un trabajador que murió tras el desprendimiento de una cornisa cuando esperaba ingresar a una obra en Barranquilla.

En primera instancia, un juez condenó a la administradora de riesgos laborales a reconocer y pagar la pensión de sobrevivientes. No obstante, un Tribunal Superior revocó esa decisión.

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El tribunal consideró que se trataba de un accidente de origen común porque había ocurrido fuera de las instalaciones de la empresa, antes del horario establecido y por una circunstancia que no dependía directamente del empleador.

La discusión llegó a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

Al estudiar el expediente, el alto tribunal concluyó que la interpretación utilizada para negar la prestación era demasiado restrictiva.

Para los magistrados, la protección del sistema de riesgos laborales no puede depender únicamente de que el trabajador esté dentro de la empresa o ejecutando una de las tareas específicas para las que fue contratado.

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También deben examinarse las circunstancias que explican por qué se encontraba en determinado lugar y si su presencia guardaba relación con el cumplimiento de sus obligaciones laborales. Quizá te interesa: Corte Suprema ordenó reintegrar a abogada embarazada despedida del Consejo de Estado: esta es la razón

¿Qué decidió la Corte Suprema sobre los accidentes antes de entrar al trabajo?

Magistrada fue imputada // Fotos: Colprensa.
Magistrada fue imputada // Fotos: Colprensa.

La Corte estableció que llegar oportunamente al lugar de trabajo y esperar la autorización para ingresar son actuaciones relacionadas con la prestación del servicio.

Aunque esas actividades no constituyen necesariamente una función específica del cargo, pueden formar parte de las circunstancias propias de la relación laboral. Lea: Gobierno busca modificar normas sobre empleadas domésticas e inspecciones laborales

Por esa razón, un accidente ocurrido mientras el trabajador se encuentra a las puertas de su lugar de trabajo puede estar cubierto por el Sistema General de Riesgos Laborales.

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La Sala explicó que el concepto de accidente laboral debe interpretarse de manera amplia y no limitarse exclusivamente al momento en que una persona comienza a ejecutar sus tareas.

Las administradoras de riesgos laborales (ARL) deben evaluar las circunstancias de cada caso para determinar si el accidente tiene origen laboral, incluso si ocurrió antes del inicio formal de la jornada.
Las administradoras de riesgos laborales (ARL) deben evaluar las circunstancias de cada caso para determinar si el accidente tiene origen laboral, incluso si ocurrió antes del inicio formal de la jornada.

En el caso estudiado, el hombre había llegado al lugar para cumplir su jornada. Su presencia en las inmediaciones de la obra estaba vinculada con el trabajo que debía realizar.

La Corte también recordó que el sistema de riesgos laborales funciona bajo un régimen de responsabilidad objetiva, por lo que el reconocimiento de sus prestaciones no exige necesariamente demostrar que el empleador tuvo la culpa del accidente. Lea: ¿Sufre de estrés laboral? Identifique las causas y enfréntelas

Con estos argumentos, dejó sin efecto la decisión del tribunal y protegió el derecho de la familia a recibir la pensión de sobrevivientes.

¿En qué casos debe responder una ARL si el accidente ocurre fuera de la empresa?

La Corte Suprema de Justicia aclaró que un accidente ocurrido en las inmediaciones del lugar de trabajo, antes de iniciar la jornada, puede ser reconocido como laboral si está relacionado con el servicio.
La Corte Suprema de Justicia aclaró que un accidente ocurrido en las inmediaciones del lugar de trabajo, antes de iniciar la jornada, puede ser reconocido como laboral si está relacionado con el servicio.

El fallo no significa que todos los accidentes ocurridos antes de iniciar la jornada deban reconocerse automáticamente como laborales.

La Corte señaló que es necesario analizar la relación entre el suceso y la actividad que desarrolla el trabajador. Otras noticias: Enfermedades profesionales, una epidemia silenciosa

Por ejemplo, la decisión resulta especialmente relevante cuando una persona llega a su empresa y permanece en sus inmediaciones esperando la apertura de las instalaciones o la autorización para ingresar.

Si durante esa espera sufre un accidente, el hecho de que todavía no haya comenzado su horario laboral no basta, por sí solo, para excluir la cobertura de la ARL.

Los riesgos profesionales (o riesgos laborales) comprenden los accidentes y las enfermedades a los que está expuesto un trabajador a causa o con ocasión de la labor que desempeña, los cuales son gestionados a través del Sistema General de Riesgos Laborales.
Los riesgos profesionales (o riesgos laborales) comprenden los accidentes y las enfermedades a los que está expuesto un trabajador a causa o con ocasión de la labor que desempeña, los cuales son gestionados a través del Sistema General de Riesgos Laborales.

También deben evaluarse las condiciones particulares del caso, la razón por la que el trabajador estaba en ese lugar y su relación con la prestación del servicio. Tenga en cuenta: Empleados temporales deberán afiliarse a riesgos profesionales

Por el contrario, no puede concluirse que cualquier accidente ocurrido durante un desplazamiento personal o en un lugar ajeno al trabajo esté cubierto por esta sentencia.

En Colombia, los accidentes de trayecto entre la residencia y el lugar de trabajo tienen reglas específicas, entre ellas las relacionadas con el transporte suministrado por el empleador.

Publicado por: Redacción Vanguardia

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