La reforma pensional tendrá dos debates más en la Cámara de Representantes. Conozca cuál será el umbral de cotización, la administración del fondo y la fecha en la que empezaría a regir este articulado.

Luego de varias jornadas de debate, la plenaria del Senado aprobó la reforma pensional del gobierno nacional. El proyecto que busca transformar el sistema de pensiones del país aún tendrá dos debates en Cámara de Representantes para convertirse en ley.
El umbral de cotizaciones, el régimen de transición, cuándo entrará en vigencia, quién administrará el fondo de ahorro, son algunos de los puntos ya acordados. Acá la explicamos algunos de los principales puntos que tiene este proyecto.
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Umbral de cotizaciones
La reforma propone que se acabe la competencia entre fondos privados y Colpensiones, y se opta por la complementariedad. En ese sentido, se definió el umbral para que las cotizaciones de hasta 2.3 salarios mínimos mensuales vayan para Colpensiones, sin excepción.
Por ejemplo, si usted cotiza sobre cuatro salarios mínimos su ahorro se fraccionaría así: lo de 2.3 salarios a Colpensiones y el resto (1.7) sí lo podría destinar a fondos privados.
Este es uno de los puntos más importantes de la discusión pues el Gobierno inicialmente planteó que ese umbral fuese de cuatro salarios mínimos, luego cedió a tres salarios mínimos. Finalmente, tras acuerdos políticos, se llegó a la cifra de 2.3 salarios.
Pero esa cifra no satisface a todos los implicados en la discusión. Fondos privados, centros de pensamiento como Fedesarrollo y académicos, proponen que el umbral siga bajando y algunos plantean que se fije en 1 o 1.5 salarios mínimos.

Régimen de transición
Este régimen establece que aquellos cotizantes que están cerca de pensionarse se les mantendrán las reglas de pensión previas, en este caso las de la Ley 100. El único requisito para hacer parte de ese régimen son las semanas cotizadas. La edad no será tenida en cuenta, por ahora.
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En el Senado se aprobó que este régimen aplicará para los hombres con 900 semanas cotizadas y para las mujeres con 750 semanas. Las personas que no alcancen esos tiempos de cotización tendrán que pasar a las reglas de la reforma. La fecha de corte sería la entrada en vigencia del sistema pensional.
¿Cuándo entra en vigencia?
La reforma pensional entraría en vigencia a partir del 1 de julio de 2025. Esta decisión ha generado resistencia y críticas entre expertos y centros de pensamiento que piden que haya una transición más pausada por los riesgos que implica el traslado de información.
Una de las críticas es la preparación de Colpensiones para recibir la información adicional de 19 millones de usuarios que pasarían al sistema. Aunque había propuestas para que fuese en 2026 o 2027, las mayorías del Senado se inclinaron por la opción del Gobierno.
Kevin Hartmann, investigador postdoctoral de la Université Catholique de Louvain y socio fundador de Hartmann Asociados, planteó sus inquietudes y cuestionó que esa entidad esté ‘lista’ para estar al frente de las tareas que le delega la reforma pensional. Lo anterior, citando un informe de la Contraloría General de la República.
“El último informe de la Contraloría ponía en duda eso (que Colpensiones esté listo) porque le preguntaron a Colpensiones y no había un plan definido que permitiera saber en qué y cómo invertir los nuevos recursos que se le tienen que asignar, pero curiosamente sí tenían claro que tenían que aumentar el personal en 30 %”, puntualizó el experto.
El Banco de la República administrará el fondo
Una de las determinaciones más importantes y en las que el Gobierno cedió fue en la elección de la entidad que administrará los recursos que sean reunidos a partir de las cotizaciones. Será el Banco de la República el encargado de ese dinero.
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La aprobación del artículo en el que el Banco de la República se convierte en el administrador del fondo de ahorro del pilar contributivo, volvió a abrir el debate sobre su viabilidad.
Desde el principio de la discusión, el abogado Andrés Felipe Izquierdo, gerente general de Integral Soluciones Pensionales, cuestionó sobre la posible inconstitucionalidad de que el Banco de la República administre los fondos. Esto debido a un posible conflicto de intereses con la misión central del Emisor.
“Sugiero elevar consultas a la Corte Constitucional o exmagistrados frente a la eventual constitucionalidad de la administración del fondo de ahorro por parte del banco central, pues me temo que podría ser declarado inexequible por la Corte”, dijo el abogado Izquierdo.
En su evaluación sobre esta iniciativa, el abogado señaló que entre las funciones que tiene el Banco de la República no está la del manejo de activos.
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“La propuesta es inconstitucional, pues el mandato del Banco Central está dado por artículos 371, 372 y 373 de la C.P y allí no se evidencian funciones de asset management (gestión de activos) al banco (y no podría reformarse vía proyecto ordinario, sino Acto legislativo)”, precisó el abogado experto.
Beneficios para madres
En la reforma se aprobó el artículo 36, que reconoce la labor de las mujeres como cuidadoras de sus hijos. El proyecto plantea que por cada hijo sean rebajadas 50 semanas de la cotización necesaria para pensionarse. El beneficio máximo sería por tres hijos, es decir, 150 semanas.
La propuesta inicial del Gobierno planteaba que con este beneficio llegar a un mínimo de 1150 semanas. Sin embargo, en la plenaria hubo una proposición del senador Honorio Henríquez que bajó ese indicador. La mayoría del Senado apoyó ese cambio.
La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, hizo una advertencia de las consecuencias fiscales que trae ese cambio aprobado por la plenaria. Esta modificación hecha por el Senado deja en 850 semanas el requisito para pensión.
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“Entiendo la proposición para mejorar las condiciones de las mujeres, esto nos rebaja a 850 semanas, pero deja un hueco fiscal y por eso el Gobierno no la acompaña”, dijo la ministra Ramírez sobre la aprobación de este artículo que beneficiaría a las mujeres que no alcanzaron el tiempo requerido.
Pilar solidario
Uno de los pilares que tiene la reforma pensional es el solidario, que busca cobijar a los adultos mayores en condiciones de vulnerabilidad y pobreza extrema, que no alcanzaron a cotizar a pensión.
Se estima que son 2.5 millones personas las que recibirán mensualmente de $225.000.


















