Después del fallo en contra de Uber, se iniciaría un proceso jurídico en contra de otras plataformas de transporte como Didi, Cabify y Beat.

Publicado por: Arnulfo Delgado
La Superintendencia de Industria y Comercio en días pasados ordenó la cancelación de los servicios que brindaba Uber. Esta se dio luego de que un juez resolviera la demanda interpuesta por la empresa prestadora de servicios de taxi Cothech.
Dicha compañía aseguraba que Uber incurrió en actos de competencia desleal por violación de las normas que regulan el servicio de transporte, y desviación de la clientela.
Ante esta demanda , La Superintendencia manifestó que Uber “viola las normas que regulan el mercado, genera una ventaja significativa en el mercado, y genera desviación de la clientela de Cotech S.A”.
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Después de esto, además de Uber, otras plataformas similares serían demandadas.
Así lo informó Nicolás Alviar, abogado encargado del caso, quien recibió la orden de iniciar un proceso jurídico en contra de otras plataformas de transporte como Didi, Cabify y Beat.
“En cuestión de año y medio, el especialista dice que buscará demostrar a los jueces que estos ‘servicios informales’ han minado el mercado de transporte y que la opción es regresar a un servicio ya regulado, en el que tanto usuarios como conductores son bienvenidos”, expresó Alviar.
Proceso de Uber
Después de conocer el fallo de la Superintendencia, Uber le pidió al Gobierno crear una mesa de diálogo para analizar la situación de las aplicaciones de transporte, y recordó que este año, ha aportado $71.000 millones en IVA.
“Los tiempos cambian y es fundamental que las normas de cualquier país en el mundo logren adaptarse a la forma en la que evolucionan las sociedades”, detalló la compañía en una carta abierta.
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Por su parte, la Superintendencia emitió un documento a los operadores, para suspender la prestación del servicio a la plataforma.
Dicho documento expresa que “se ordenó oficiarle para que suspendan la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con la aplicación tecnológica Uber”.
En la comunicación, la SIC hace referencia a los servicios “Uber, Uber X, y Uber Van”.
No obstante, la entidad manifestó que “esta orden debe cumplirse siempre y cuando estén en posibilidades técnicas de hacerlo”.













