Acaba de ser promulgada por el Congreso la Ley 2578 del 1 de junio del 2026: “Por medio de la cual se vincula a la nación en el homenaje al municipio de Chiquinquirá en el departamento de Boyacá, como destacado centro turístico religioso, histórico y cultural, y se dictan otras disposiciones”.
El objeto de esta ley, según su artículo primero, es: “Objeto. La presente ley tiene por objeto rendir homenaje al municipio de Chiquinquirá, ubicado en el departamento de Boyacá, por sus significativos aportes al desarrollo de la comunidad chiquinquireña y del departamento, así como vincular a la Nación en la conmemoración de los 440 años de su nacimiento con ocasión al milagro de la renovación el 26 de diciembre de 1586, de los 216 años de haberse convertido en Villa Republicana, el 1° de septiembre de 1810, resaltando su importancia histórica, religiosa, cultural y turística, y del cumplimiento de 40 años desde la histórica visita del Papa Juan Pablo II a Chiquinquirá, ocurrida el 3 de julio de 1986, evento que consolidó aún más su reconocimiento como centro de fe y peregrinación a nivel nacional e internacional.”
Pero lo verdaderamente interesante, y que nos aplica a todos, es el contenido del artículo sexto, que en su texto dice: “Fiesta Nacional. Declárase el Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá, que se conmemora el 9 de julio de cada año, como día festivo de carácter nacional, de obligatorio cumplimiento en todo el territorio de la República de Colombia. Por consiguiente, todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado por la celebración de carácter religioso. Se aplicarán las disposiciones de la Ley 51 de 1983 para efectos de determinar el día en el cual se disfrute del descanso remunerado en el calendario.”

Así pues, el 9 de julio será para los colombianos el día de “Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá” y, al mirar el calendario, ese día es un jueves y, por lo tanto, tratándose de un festivo religioso, se trasladará al lunes siguiente, que será el 13 de julio, lo cual hace que este mes tenga dos festivos.
Si tenemos en cuenta que junio tiene tres festivos y ahora julio tendrá dos, significa que, aunque se sacrifiquen algunas áreas de producción, se intensificará el comercio turístico, lo cual es un beneficio para los pueblos que lo promueven y un descanso adicional para la clase trabajadora en general.
Esta normativa es de aplicación inmediata; debe aplicarse ya para el próximo nueve de julio.
Por lo tanto, las empresas deben darle estricto cumplimiento, los trabajadores deben disfrutarlo y las empresas turísticas deben alegrarse.










