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Movimiento Cívico Conciencia Ciudadana
Jueves 17 de septiembre de 2020 - 12:00 AM

Ecos de la Sentencia T-361 que ordenó una nueva delimitación de Santurbán

Publicado por: Erwing Rodriguez-Salah

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La tutela que, con el liderazgo de la Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez (CCALCP), interpusimos en 2015 y que, en revisión por la Corte Constitucional, dio origen a la Sentencia T-361 (2017), un tratado sobre el derecho a la participación ambiental, se convirtió, por su trascendencia, en pionera en la utilización de los mecanismos constitucionales en la protección del agua, Santurbán y los demás páramos del país. Aunque la Corte nos dio la razón a los accionantes de la tutela, en cuatro derechos: participación ambiental, acceso a la información, derecho de petición y debido proceso, también habíamos invocado el amparo de los derechos al consumo de agua potable, ambiente sano, salud, igualdad y vida en condiciones dignas.

De gran trascendencia ha sido posicionar Santurbán en nuestra más alta Corte; dos fallos de tutela posteriores se fundamentaron en el precedente que sentó la T-361: el pasado 3 de septiembre, en fallo de segunda instancia, el Tribunal Superior de Bucaramanga dejó sin efectos la Resolución 152 (2018) que delimitó el páramo del Almorzadero, y una semana después el Juzgado Cuarenta Administrativo del Circuito de Bogotá dejó sin efectos la Resolución 1434 (2017) que delimitó los páramos de Cruz Verde-Sumapaz. La Corte ha sido contundente al afirmar que los criterios establecidos en la T-361 sobre el proceso de participación ambiental deben ser respetados por el Ministerio de Ambiente en las nuevas delimitaciones que se deben hacer de dichos ecosistemas paramunos, y teniendo en cuenta que la metodología fallida que se utilizó para la delimitación de Santurbán mediante la Resolución 2090 (2014), declarada viciada por la Corte Constitucional en la T-361, se replicó en los demás 36 páramos del país, otros fallos de tutela están llamados a prosperar.

La Corporación Colectivo de abogados Luis Carlos Pérez y este columnista, Rodríguez-Salah, en calidad de accionantes de la hoy considerada ejemplarizante tutela que originó la S. T-361, vemos con beneplácito la utilización de otras acciones legales en defensa de nuestro recurso hídrico y páramos, y aunque de muchos recursos que se interponen pocos prosperan, esperamos que los que verdaderamente sumen a nuestra loable causa resulten exitosos.

ersalah@mail.com

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