El Consejo de Estado anuló la elección de Jaime Andrés Beltrán Martínez como alcalde de Bucaramanga por incurrir en doble militancia.

Tal y como lo había anunciado el mismo alcalde Jaime Andrés Beltrán Martínez, su defensa, liderada por el abogado Humberto Sierra Porto, ya radicó ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado las solicitudes de aclaración correspondientes al fallo de segunda instancia que ratificó su nulidad electoral.
El escrito de aclaración fue presentado el pasado miércoles y consta de nueve páginas en las cuales la defensa pide explicaciones que, para algunos abogados y expertos, esto solo busca demorar unos días más la inminente salida de Beltrán Martínez de la administración municipal.
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El primer punto que pide aclarar el abogado Humberto Sierra Porto, valiéndose de los recursos legales ante el Consejo de Estado, está relacionado con la existencia “del punto oscuro que ameritó la prueba de oficio”.
“En primera instancia, se allegaron distintos formularios con el fin de acreditar el elemento modal de la doble militancia por apoyo. Dicho elemento es condictio sine qua non para declarar la nulidad electoral, según la línea jurisprudencial pacífica y reiterada de la Sección Quinta del Consejo de Estado, lo que significa que su plena demostración es un requisito indispensable para la prosperidad de las pretensiones”, dice la defensa del mandatario local.
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Humberto Sierra Porto se refiere a los formularios E-6 y E-9 que para el fallo de segunda instancia el Consejo de Estado requirió a la Registraduría. En este se consigna quiénes fueron inscritos para el Concejo y la Alcaldía con el código 14, que le correspondió a Colombia Justas Libres, el partido político que avaló a Jaime Andrés Beltrán Martínez.
La defensa argumentó que, según la sentencia de segunda instancia, la consulta que hizo el Tribunal Administrativo de Santander para conocer a qué colectividad pertenecía el código 14 “careció de sustento jurídico al no haber una decisión judicial previa que la autorizara”.
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El material probatorio de una candidata al Concejo, a quien Beltrán apoyó
El segundo punto que la defensa de Jaime Andrés Beltrán Martínez pide aclarar está relacionado con la “configuración del elemento temporal en el caso de material probatorio referido a Vilma Alexandra Cadena Ardila”, quien fue candidata al Concejo de Bucaramanga con el aval del Partido de la ’U’.
“Tras relatar el contenido del video, la sentencia afirma que el demandado sí apoyó la candidatura de la señora Cadena Ardila. Sin embargo, llama poderosamente la atención que en el video no se informa el número asignado en el tarjetón de esa candidata: ni Jaime Andrés lo informa, ni ninguna otra persona. Además, el video es insuficiente para observar si existía propaganda electoral, que permita pensar que se estaba dentro del período electoral. Es por ello que en la valoración probatoria que hace la H. Sección Quinta pasa por alto ese aspecto. Es decir, en la valoración relacionada con la señora Cadena, no hay referencia argumentativa alguna a un elemento objetivo que permita identificar si las escenas capturadas en los videos ocurrieron dentro del periodo de campaña electoral, que es el marco temporal estricto en el que se configura la prohibición”, dice la aclaración.
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Justamente en uno de los videos aportados por los demandantes para acreditar la doble militancia, figura uno en el cual se le ve al entonces candidato a la Alcaldía de Bucaramanga junto a Vilma Cadena, quien tenía el aval de la ‘U’.
“Necesito que Vilma Cadena logre llegar al Concejo de Bucaramanga. Una mujer con conocimiento. Ella viene de una familia que tiene experiencia, no acabó de aprender el tema político”, dijo Beltrán en uno de los videos que adjuntó la parte demandante de su credencial.

El caso de Edisson López, el candidato del Centro Democrático
En la campaña de 2023, Jaime Andrés Beltrán Martínez, según los demandantes, respaldó a Edisson Ferney López Casallas al Concejo de Bucaramanga, quien tenía el aval del partido Centro Democrático.
Para la defensa del saliente alcalde, no es clara una conclusión explícita y categórica sobre si estos actos son considerados como doble militancia.
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“Soy un joven del Centro Democrático que realmente necesita a Bucaramanga, con dos líderes importantes que tengo a mi lado. Esta gran mujer que enseña el liderazgo de las mujeres (Paula Ramírez) y este gran hombre (Jaime Andrés Beltrán Martínez), que enseña el liderazgo de Dios que siempre debemos tener”, así se pronunció Edisson López, candidato al Concejo de Bucaramanga, en un video donde aparece acompañado de Jaime Andrés Beltrán y de su esposa.
Después de una intervención de Paula Ramírez, Beltrán intervino: “Recuerden cuando vaya al tarjetón, jóvenes, todos aquellos que creen en la seguridad y en que hay que reactivar a la ciudad, acá hay un gran líder y él es Edison. Es marcar el Centro Democrático con una X y el número dos”.
En ese mismo sentido se pide claridad sobre el respaldo que habría recibido Rosa Mabel Román romero, del Partido de la ‘U’, quien también fue candidata al Concejo.
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Caso del magistrado Omar Joaquín Barreto
El abogado Humberto Sierra Porto pidió también aclaración sobre un principio de reciprocidad que ha planteado el magistrado Omar Joaquín Barreto, quien hace parte de la Sección Quinta del Consejo de Estado.
Este punto se refiere a que los candidatos a la alcaldía puedan apoyar a aspirantes a los concejos y asambleas siempre y cuando hagan parte de una coalición o a un coaval de la colectividad.
Efectos de la sentencia
A la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado también se pidió aclarar los efectos de la sentencia para poder entender a partir de cuándo sería aplicable.
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Además, plantea si esta debe entenderse como extunc o exnunc. Es decir, interpretar si esta sentencia sienta un precedente de que Beltrán Martínez sí fungió como autoridad administrativa, política y ordenadora del gasto.
Si es efecto exnunc, podría volver a presentarse en las elecciones atípicas. De lo contrario, tendría una inhabilidad, según abogados consultados.


















