Política
Lunes 13 de abril de 2026 - 06:53 PM

¿Puede el presidente Gustavo Petro apartar de sus cargos a los alcaldes, como lo afirmó?

El presidente Gustavo Petro les pidió a los alcaldes de Santander avanzar en estrategias para levantar el paro. De lo contrario, amenazó con apartarlos de su cargo.

Petro ordena tres días de duelo tras devastador accidente del Hércules C-130.
Foto: Presidencia.
Petro ordena tres días de duelo tras devastador accidente del Hércules C-130. Foto: Presidencia.

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Justo cuando los delegados del paro campesino avanzan en diálogos con el Gobierno Nacional para levantar los bloqueos que, en el caso de Santander, han generado millonarias pérdidas económicas, el presidente Gustavo Petro lanzó una insólita advertencia: o se solucionan las manifestaciones o estaría dispuesto a apartar de sus cargos a los mandatarios locales.

“Alcaldes que no presenten las iniciativas de acuerdo y alteren el orden público salen de inmediato de su cargo por orden mía. El gobernador de Santander queda advertido: su función no es engañar a su pueblo diciendo que el problema es de la Nación. Reúna a los alcaldes que coordina y se pone a trabajar con ellos en los acuerdos de tasa predial en los concejos municipales de Santander. La paz es un derecho y punto”, afirmó Petro. Además: Petro amenaza con apartar de sus cargos a los alcaldes si no presentan acuerdos para levantar los bloqueos

Su pronunciamiento se da instando a las alcaldías a presentar un proyecto de acuerdo ante los concejos que permitan revisar los avalúos catastrales, que en algunos casos aumentó hasta en un 1.000 %. Por esta razón se están dando los bloqueos en varias vías del país, especialmente en Santander.

Según la Cámara de Comercio de Bucaramanga, diariamente se están perdiendo $120.000 millones por el paro campesino.

Gustavo Petro, presidente de Colombia. // Foto: cortesía de Presidencia
Gustavo Petro, presidente de Colombia. // Foto: cortesía de Presidencia

A pesar de las advertencias del jefe de Estado y su intención de apartar a los alcaldes de sus cargos, la realidad es que él no tiene la potestad para ejercer esta decisión.

El abogado Carlos Alfaro, experto en temas electorales y de lo Contencioso Administrativo, considera que el presidente de la República no tiene esas facultades, que solo le corresponderían a la Procuraduría, a los tribunales administrativos y al Consejo de Estado en una demanda de nulidad. Además:Siga en directo la mesa de diálogo para levantar bloqueos por alzas del impuesto predial en Santander

“El único que puede decretar la salida del alcalde es la Procuraduría y el Consejo de Estado por nulidad electoral, con demanda instaurada 30 días después de la elección”, puntualizó Alfaro.

Un concepto diferente tiene el abogado Carlos Arturo Duarte, quien considera que el mandatario de los colombianos sí tendría esta facultad, basándose en la Ley 134 de 1994, la cual fue declarada exequible por la Corte Constitucional.

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El presidente de Colombia, Gustavo Petro.
El presidente de Colombia, Gustavo Petro.

Duarte es de la teoría de que el presidente Gustavo Petro podría tomar esta decisión siempre y cuando primero haya un decreto que establezca el Estado de Conmoción Interior por perturbación al orden público en alguna región del país, como en este caso, en Santander.

“Lo podría hacer mediante resolución cuando acredite que los alcaldes contribuyen a dar origen a la perturbación del orden público. Pero primero debería establecer la Conmoción Interior, que le da esas facultades”, afirmó el abogado.

Si bien es cierto mediante la Sentencia C-179 de 1994 declaró viable esta normal, por el momento - según Duarte - ningún presidente de Colombia ha utilizado esta norma vigente en la Ley.

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