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Política
Lunes 24 de enero de 2022 - 12:00 PM

Por decisión de un juez, defensa de Quintero podrá revisar planillas de la revocatoria

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Colprensa / VANGUARDIA
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En términos simples, esto le permite a Quintero acceder a los folios entregados para la validación de firmas requeridas en el trámite revocatorio, tal cual ha sido su intención desde que la Registraduría avaló el pasado 24 de diciembre los apoyos necesarios para continuar con el proceso.

El Juzgado Noveno de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá falló a favor de Salomé Restrepo Muñoz, en calidad de secretaria general del movimiento Independientes, y quien había radicado una acción de tutela con el fin de acceder a las planillas originales presentadas por el comité revocatorio contra el alcalde Daniel Quintero.

El fallo ordena que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente providencia, la Registraduría Nacional del Estado Civil traslade el informe técnico de Verificación de Apoyo por Apoyo y del resumen de la revocatoria de mandato a Salomé Restrepo Muñoz, en calidad de Secretaria General de la Dirección Nacional de Independientes, junto con los soportes completos, así como que se le permita el acceso a la información de la base de datos del Archivo Nacional de Identificación (ANI), si es del caso, bajo el acompañamiento de un servidor de la Registraduría.

En términos simples, esto le permite a Quintero acceder a los folios entregados para la validación de firmas requeridas en el trámite revocatorio, tal cual ha sido su intención desde que la Registraduría avaló el pasado 24 de diciembre los apoyos necesarios para continuar con el proceso.

Según la defensa del Alcalde en este asunto, es necesario acceder a las planillas originales para poder realizar análisis grafológico en detalle y verificar una mayor cantidad de firmas irregulares. Así lo había pedido en la impugnación del informe ante la Registraduría, solicitud que le fue negada.

Tras esto, la defensa del mandatario emprendió una serie de acciones legales relacionadas con presuntas suplantaciones. Se conocían dos de estas tutelas radicadas en juzgados en Medellín, pero una en Bogotá, de la que no había conocimiento público, fue la que finalmente le prosperó.

Sin embargo, el concejal Julio González, uno de los representantes del comité revocatorio, dice que impugnarán el fallo por varias razones, pero sobre todo una elemental: nunca fueron notificados en el proceso, lo cual, recalca el cabildante, viola el debido proceso de la contraparte involucrada: el movimiento que recogió las firmas.

Además plantea que detrás del fallo hay situaciones que le parecen irregulares, como el hecho de que sea un juez en Bogotá que decida amparar a la secretaria de “un movimiento que ni siquiera existe” porque Independientes, apunta González, no fue inscrito ante la Registraduría.

Sobre estos reparos, el abogado Juan Giraldo advirtió que tras verificar el radicado encontró que ese número en Rama Judicial figura como una tutela contra una entidad y una causa ajenas al asunto del fallo. Tampoco concuerda el nombre la jueza Diana Esperanza Díaz, y tampoco concuerda con el juzgado, en el que consta el nombre de otro juez llamado David Jacob Esparza. Y adicional a esto, el abogado dice que hay elementos en la formulación del fallo, en la forma del escrito y algunos otros detalles, que no son del todo claros.

El abogado constitucionalista David Suárez Tamayo, explicó que, al igual que el auto de la semana pasada del magistrado César Abreo que suspendió la certificación de la revocatoria, el fallo conocido este domingo es un tema de términos y plazos. Es incorrecto decir –enfatiza Suárez Tamayo– que la revocatoria se suspendió o se cayó.

“La juez lo que ordena es que hay que devolverse hasta el 24 de diciembre, fecha en que la Registraduría dio a conocer el informe técnico sobre firmas. Entonces, le van a dar traslado a estas personas (los accionantes) y seguramente la Registraduría tendrá que esperar cinco días para que ellos ejerzan la contradicción y luego la Registraduría se volverá a pronunciar diciendo si deja en firme el número de firmas exigidas o da la razón a estas personas”, explicó.

Y siendo un tema de plazos más que otra cosa, explica el docente y abogado, el objetivo no sería intentar tumbar más de 38.000 firmas con los análisis de los que habla la defensa de Quintero, pues hacerlo en cinco días que les otorgan para ejercer la contradicción no parece posible.

En cambio sí es posible que este proceso, que ahora deberá resolver la impugnación, ayude a dilatar los tiempos haciendo cada día más inviable la revocatoria, tal es la estrategia de Quintero, según los promotores del proceso.

Y es que, tal cual está el panorama hoy, hay que esperar hasta el 2 de febrero para que se realice la audiencia ante el CNE entre Quintero y el comité revocatorio por el tema la legitimidad de las cuentas. Y ahora, según estima Suárez, habrá que esperar 15 días más hasta que la Registraduría vuelva a pronunciarse sobre el aval de la firmas.

El asunto, explica finalmente el abogado, es que la revocatoria tiene sentido si se hace en marzo o abril, para convocar elecciones en mayo o principios de junio, en caso de que prospere. “Recordemos que la ley dice hay nuevas elecciones si hay falta absoluta del alcalde a falta de más de 18 meses, es decir, hasta junio. Después de este tiempo faltaría menos y entonces en caso de triunfar la revocatoria lo que pasaría es que el presidente encargaría a un alcalde por el resto del periodo. Ese alcalde saldría de una terna que pase el mismo movimiento que apoyo al alcalde en la candidatura.

Julio González dice que la estrategia de dilatar es clara y demuestra que el alcalde “está acobardado” y le tiene temor a las urnas.

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Publicado por El Colombiano

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