Los comerciantes formales de Bucaramanga denuncian que el alcalde Rodolfo Hernández Suárez se niega a escucharlos y que “el mandatario local ni siquiera respeta los fallos de la justicia”.

Publicado por: EUCLIDES KILÔ ARDILA
Siga en directo entrevista con abogado y comerciante al que se le levantó el Pico y Placa en el Centro de #Bucaramanga http://ow.ly/Y9zO308ZWDU
Posted by Vanguardia Liberal on martes, 14 de febrero de 2017
Tránsito y la Alcaldía de Bucaramanga le suspendieron el polémico Pico y Placa del Centro solo al comerciante que les ganó la tutela. El resto de la comunidad seguirá con la restricción vehicular tal y como está diseñada.
Tras la sorpresiva respuesta oficial y teniendo en cuenta que una Juez le había ordenado al Municipio ‘darle de baja’ a esta restricción vehicular, los comerciantes pidieron “respeto” y, además, calificaron la respuesta de Tránsito y de la Alcaldía como una “burla”.
Vale reiterar que tras la demanda que le ganó el vendedor de frutas de la Plaza de Mercado, Oswaldo Abril Arciniegas, el Gobierno Municipal se empecina en mantener la restricción vehicular.
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Exceptuando al señor Abril Arciniegas, para el resto de los comerciantes, los conductores de carros particulares y los motociclistas sigue vigente el Pico y Placa en el Centro.
Según los comerciantes, la salida del Alcalde y del Director de Tránsito, “si bien está amparada por la ley, no deja de ser una grosería y una falta de respeto para con nosotros”.
“A mí de qué me sirve que me dejen moverme en carro por el Centro si yo ni siquiera sé manejar”, respondió el tutelante.
Si bien Abril Arciniegas tiene carro propio, el automotor es manejado por su hijo, Oswaldo Abril Lizarazo.
El comerciante, al conocer la respuesta dada por el Gobierno Local a su demanda, la calificó de “absurda y ridícula. Incluso me parece que es más una leguleyada que otra cosa”.
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“Mi tutela representa las voces de miles de comerciantes formales que, con el Pico y Placa en el Centro, vamos rumbo a la quiebra”, añadió.
“Esto no es un capricho mío. Desde que el gobierno implementó la restricción vehicular en el cuadrante del Centro se nos bajaron las ventas”, argumentó.
“¡Esto no es justo! Además, la ley hay que cumplirla y los funcionarios públicos deberían dar ejemplo acatándola”, precisó.
Como se recordará, el pasado viernes la juez Yolanda Eugenia Sarmiento Suárez, amparó los derechos de Abril Arciniegas, quien argumentó que con dicho Pico y Placa se lesionaron sus ingresos y, además, se les violaron los derechos fundamentales a la igualdad, al trabajo y al denominado mínimo vital.
Carlos Fuentes, abogado de los comerciantes, aseguró que la Alcaldía hizo una interpretación errónea del fallo emitido por el Juzgado 16 Civil que, según él, ordenaba levantar la medida para la ciudadanía en general.
Así las cosas, instauró un incidente de desacato contra la Alcaldía de Bucaramanga y contra la Dirección de Tránsito.
Luego de este controvertido caso, los comerciantes formales anunciaron que volverán a las calles para protagonizar nuevas marchas. Incluso sentenciaron que, si no hay respuestas reales ellos taponarían las arterias claves de acceso a Bucaramanga.
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Concepto jurídico:
Tras la insólita medida que tomó el director de Tránsito de Bucaramanga, Miller Salas Rondón, al exonerar del Pico y Placa del Centro solo a la persona que le ganó la tutela, los expertos coincidieron en decir que la respuesta: “si bien es impopular, sí es legal”.
Según ellos, la tutela a la que hacemos referencia es ‘inter parte’.
¿Eso qué quiere decir?
“En aquellos casos en que la decisión de tutela rebasa los efectos estrictamente inter partes del proceso, éste se traba entre una persona o personas que denuncian la vulneración de sus derechos fundamentales, y otra u otras a quien o quienes se imputa dicha violación” (Corte Constitucional de Colombia, 2006, pág. 35).
Es decir, la demanda abarca únicamente a las partes involucradas en el proceso de interposición de una acción de tutela, o sea sobre quienes reclaman por la vulneración de sus derechos.
Para el caso del Pico y Placa, la demanda es entre el Oswaldo Abril Arciniegas y el Municipio.
Así las cosas, la decisión de la Alcaldía de Bucaramanga, “si bien no está acorde con la voluntad del pueblo, sí es legal”.
“Aciertan los asesores de las entidades accionadas cuando afirman que el fallo de tutela produce efectos inter partes; lo que significa que no tiene alcance general, impersonal y abstracto, sino particular y concreto”.
“No obstante, olvidan que en algunos casos los efectos del fallo de tutela pueden trasladarse o extenderse a casos que reúnan las mismas circunstancias de hecho que lo motivaron (derecho de igualdad)”..
La Honorable Corte Constitucional así lo ha reconocido en reiteradas ocasiones.
Pero, la forma en que se da cumplimiento al fallo de la tutela es bastante particular.
No solo desconoce la orden perentoria del Juez constitucional que, de manera precisa, para proteger los derechos fundamentales del accionante, transgredidos a partir de la vulneración de un derecho colectivo, ordenó sin limitación alguna que levantara la restricción en la zona Centro de Bucaramanga; sino que, además, se obliga a sí misma a expedir tantos actos administrativos como peticiones en ese sentido expidan quienes, invocando el derecho a la igualdad, se lo soliciten”.
“Esta medida no se aviene a los principios de eficacia, eficiencia, economía y celeridad como rectores de la función administrativa”.
Habla la alcaldía
Según la Alcaldía, “actualmente cursa ante el Juzgado Quince Administrativo Oral del Circuito, una Acción Popular en contra de los municipios del Área y de Tránsito, en virtud de la cual se ha proferido fallo en el que ordena adoptar medidas tendientes a mejorar la movilidad y combatir el transporte pirata”.
“Con la aplicación de la medidas adoptadas para implementar el Pico y Placa del Centro, Tránsito contribuye al cumplimiento del fallo proferido por el Juez Quince Administrativo Oral del Circuito”.
“Como consecuencia de lo anterior, el levantamiento general de la medida de Pico y Placa en el Centro, a propósito de un fallo de tutela de la Juez 16 Civil Municipal, abocaría a un desacato frente a lo ordenado en la Acción Popular adelantada ante el Juzgado Quince Administrativo”.
“Es este, entre otros, un motivo por el cual el Municipio y Tránsito apelarán la decisión de la Juez 16 Civil Municipal”.
“Por eso, Tránsito, en su autonomía, decidió eximir del Pico y Placa al accionante de la mencionada acción de tutela”.
¿qué opina fenalco?
Alejandro Almeyda Camargo, director ejecutivo de Fenalco Santander:
“Veo con preocupación que no hay una respuesta ni a las propuestas, ni a las vías de hecho (las cuales no apoyamos), ni a la decisión de un juez”.
“Se tendrá entonces que revisar todo desde lo jurídico, esperando entonces lo que falle el juez en segunda instancia y buscando generar una medida cautelar que dé origen a una acción popular que, de ser fallada por un juez administrativo, frene a través de lo legal este polémico Pico y Placa”.
“Todo se resolvería pronto si se tomara la decisión de levantar la medida del Pico y Placa en el cuadrante del Centro y, sobre todo, si la Alcaldía y la Dirección de Tránsito escucharán el clamor de las familias y de los miles de empresarios afectados que no están llegando al mínimo vital. Por ser la plaza central uno de los principales centros de acopio, se está afectando la seguridad alimentaria de la ciudad. Es una pena que esto suceda en Bucaramanga”.
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