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Viernes 10 de octubre de 2008 - 06:02 AM

Gobierno decreta estado de conmoción interior

La conmoción interior decretada por el Gobierno Nacional de inmediato alteró los ánimos y generó polémica en diferentes sectores. Mientras unos juristas advierten que el paro judicial amerita la medida, otros consideran que el Ejecutivo se está extralimitando en sus funciones.

Publicado por: COLPRENSA

Para el ex Procurador General de la Nación Jaime Bernal Cuéllar, una de las finalidades del estado de conmoción interior es 'controlar el problema de alteración de orden público', de manera que los decretos que se dicten apunten necesariamente, y de manera exclusiva, a restablecer lo que se encuentre alterado.

Según Bernal, la medida puede ser invocada por tres razones: que la perturbación del orden público atente contra la estabilidad institucional, que atente contra la seguridad del Estado y contra la convivencia pacífica ciudadana. En todo caso, señaló que la vigencia de esta medida no puede superar los 90 días, aunque puede ser prorrogada en dos oportunidades más, durante el mismo término, pero para ello deberá el Presidente sustentar la necesidad. A juicio de Bernal Cuéllar, para que la medida sea respaldada en el momento actual, es necesario que 'el Primer Mandatario invoque una alteración, o un atentado contra la convivencia ciudadana porque no hay jueces que estén resolviendo las situaciones jurídicas' y agregó que otra de las razones puede ser que 'algunas personas que cometieron delitos de gravedad pueden salir en libertad por vencimiento de términos'. Sin embargo, para el ex presidente de la Corte Constitucional Alfredo Beltrán Sierra, el paro judicial no es una razón que justifique la declaratoria de conmoción interior, pues esta posibilidad sólo está consagrada para controlar 'graves alteraciones del orden público, que no puedan ser controladas con las facultades normales del Ejecutivo'. EL TRÁMITE

En cuanto al trámite que cada uno de los decretos relacionados con la conmoción interior deberá surtir para evitar violaciones a la Carta Política, el ex magistrado Beltrán explicó: Una vez sean emitidos los decretos, éstos deberán ser enviados al Congreso de la República para justificarlos y deberán ser remitidos a la Corte Constitucional. Esto tendrá que hacerse de manera paralela. Una vez lleguen a la Corte Constitucional los magistrados, de manera automática, deberán estudiar si las razones que motivaron la declaratoria cumplen los parámetros contemplados en la Constitución y su respuesta deberá ser emitida en un término de 45 días. LAS RAZONES DE LA MEDIDA

Las declaraciones que en días pasados dieron el Procurador General de la Nación, Edgardo Maya Villazón, y el Fiscal General, Mario Iguarán, sumado a las manifestaciones hechas por magistrados como el presidente de la Corte Constitucional, acerca de las dificultades que se han venido presentado en la justicia, fueron el detonante para que el Gobierno declarara la conmoción interior. Los derechos a la vida y a la salud, y por supuesto a la defensa, hacen parte del negativo balance que arroja el paro judicial. Las cifras señalan que por lo menos 250 mil ciudadanos han resultado afectados directamente por este cese de actividades, al menos 70 mil son los procesos de tutela que no han podido ser devueltos para su notificación y cerca de 100 mil están estancados en los despachos judiciales. El miércoles, el Fiscal General, Mario Iguarán, reclamó medidas urgentes para evitar que salieran de las cárceles, a través de %¬habeas corpus%¬, los implicados en la investigación por el holocausto del Palacio de Justicia y en otros procesos. "Estamos muy alarmados porque ya hay proyectados recursos constitucionales y legales por parte de los responsables del magnicidio de Liliana Gaviria", dijo Iguarán Arana. El Fiscal General manifestó que al no existir jueces que puedan adelantar las audiencias, los acusados pueden alegar libertad por vencimiento de términos. Comunicado El Gobierno Nacional, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 213 de la Constitución Política de Colombia, ha declarado hoy el Estado de Conmoción Interior en todo el territorio nacional por el término de 90 días.El país afronta una grave perturbación del orden público y social, porque la administración de justicia no se encuentra funcionando de manera normal y adecuada, lo cual atenta contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana.Como consecuencia del cese de actividades de la Rama Judicial, han quedado en libertad más de 2.720 personas capturadas por la sindicación de delitos de homicidio, lesiones personales, hurto y tráfico de estupefacientes, entre otros, según informe de la Policía Nacional.El Fiscal General de la Nación informó que es inminente la salida de las cárceles, por vencimiento de términos, de personas sindicadas de delitos relacionados con los trágicos hechos de la toma del Palacio de Justicia, secuestro y otros graves delitos.En diferentes casos que se tramitan bajo el sistema acusatorio, continúan corriendo los términos, sin que el Fiscal pueda formular la correspondiente acusación, abriendo la posibilidad de que estos procesos queden en la impunidad.Además, la Fiscalía General informó que no puede continuar la investigación de numerosos delitos, lo que podría dejar en libertad, entre otros, a los autores del secuestro y posterior homicidio del niño Santiago, ocurrido en Chía.El Ministerio Público, en cabeza del señor Procurador General de la Nación y el Fiscal General de la Nación, han solicitado al Gobierno Nacional adoptar medidas de emergencia acorde con las atribuciones que le otorga la Carta Política, tendientes a conjurar las perturbaciones causadas por la ausencia del funcionamiento de la administración de justicia en todo el territorio nacional.La administración de Justicia presenta más de 120.751 procesos que se han dejado de fallar, así como 36.986 decisiones de tutela, la no realización de 25.284 audiencias, incluidas 15.983 audiencias de Control de Garantías.La situación descrita, pone en evidente el peligro de la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la Convivencia Ciudadana, cuyos hechos son expresión inequívoca de desestabilización y atentan de manera inminente contra el normal funcionamiento deltas instituciones legítimamente constituidas, el orden publico, el acceso normal a la justicia por parte de los ciudadanos y todos los sectores de la sociedad.Mediante las atribuciones del articulo 213 de la Constitución Política de Colombia, el Gobierno Nacional tiene la facultad de dictar decretos con fuerza de ley que le permitan conjurar las causas de la perturbación y de suspender las leyes incompatibles con el Estado de Conmoción.Por esas altísimas razones en defensa de los derechos de todos y cada uno de los ciudadanos, el gobierno asumirá estas facultades, con todo el vigor pero con absoluto apego a las normas constitucionales y legales, y por lo tanto expedirá sus primeros decretos de Conmoción Interior, entre otros con los siguientes propósitos:Facultar al Consejo Superior de la Judicatura para crear, suprimir, trasladar, nombrar y posesionar a funcionarios que garanticen la prestación del servicio público esencial de la Justicia.Dictar medidas para descongestionar, mediante atribuciones de competencia a los notarios, todos los procesos de jurisdicción voluntaria, incluidos los de adopción.Otorgar facultades a la Sala Jurisdiccional del Consejo Superior de la Judicatura, para suspender funcionarios judiciales que de manera injustificada se abstengan de prestar sus servicios al público.Autorizar a los jueces para rechazar de plano una demanda por manifiesta carencia de fundamentos.Modificar el Código de Procedimiento Civil que permita conjurar los efectos originados por el paro, que han agravado la congestión de los despachos judiciales.El Gobierno hará las modificaciones presupuestales necesarias para atender las medidas adoptadas con fundamento en la declaración de Conmoción Interior.El Gobierno mantiene la voluntad de diálogo y concertación con todos los sectores de la sociedad, especialmente con los servidores judiciales

Publicado por: COLPRENSA

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