La reforma laboral establece que en el caso del teletrabajo se debe garantizar un auxilio de conectividad para las personas que ganan menos de dos salarios mínimos.

Una de las novedades que trae la reforma laboral aprobada en el Senado de la República es que queda registrado el teletrabajo como una modalidad laboral y se establecen algunas reglas a partir de las cuales se regula esta forma de vinculación.
Cabe recordar que luego de la pandemia el teletrabajo comenzó a tomar más fuerza y algunas empresas lo han mantenido o promovido para reducir costos, vincular capital humano de calidad pero que no puede trabajar presencialmente o adaptarse a las nuevas dinámicas sociales y laborales. Le puede interesar: Abecé de la reforma laboral aprobada en el Senado: ¿cuáles son los principales cambios?
Lo más importante en este caso es que el empleador deberá otorgar el reconocimiento de un auxilio de conectividad, para aquellos que ganen menos de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, en reemplazo del auxilio de transporte. Esto no es constitutivo de salario, sin embargo, será base de liquidación de prestaciones sociales.

Modalidades de teletrabajo en Colombia, según la reforma laboral
Por otro lado, la reforma reconoce que hay distintos tipos de teletrabajo: el teletrabajo autónomo, el teletrabajo móvil, el híbrido, el teletrabajo transnacional y el teletrabajo temporal.
En el teletrabajo autónomo, el trabajador establece un domicilio para ejercer su labor de forma permanente y solo acude presencialmente a la empresa cuando el empleador requiera su asistencia.
En el teletrabajo móvil la diferencia es que el trabajador no define un sitio permanente y puede desempeñar sus funciones en distintos sitios, según lo acordado con la compañía. Le recomendamos: La jornada nocturna empezará a las 7:00 de la noche
El teletrabajo híbrido es aquel en donde los teletrabajadores dividen el tiempo de trabajo entre el trabajo presencial y el teletrabajo. Se establece un mínimo dos o tres días en su casa y el resto del tiempo en la compañía.
El teletrabajo transnacional es aquel en donde los empleados tienen contrato en Colombia, pero laboran para empresas o multinacionales ubicadas o con operaciones en otro país. Ahí hay unas consideraciones especiales que hay que tener con el tipo de vinculación y prestaciones sociales.
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Por último, aparece el teletrabajo temporal o emergente, que se refiere a modalidades en situaciones concretas y por un periodo corto de tiempo. Le sugerimos: Reforma laboral debe conciliarse antes del 20 de junio: ¿qué es lo que se viene?

Principales cambios que trae la reforma laboral
A continuación, les presentamos un resumen del análisis que hizo la firma Chapman Wilches sobre el articulado aprobado en el Senado.
• La jornada nocturna iniciará desde las 7:00 p.m., sin excepciones por tamaño de empresa. Además, el recargo por trabajo dominical y festivo corresponderá al 100%, aunque esto se dará de manera gradual, y se denominará “trabajo en día de descanso obligatorio”. Le recomendamos: Restaurantes, entre los más afectados con la reforma laboral

La transición será de esta manera: Desde el 1 de julio de 2025, recargo del 80%; desde el 1 de julio de 2026, recargo del 90%; y desde el 1 de julio de 2027, recargo completo del 100%.
• Se eliminó el artículo sobre garantías sindicales, el cual preocupaba al sector empresarial por el acceso a información y espacios de las compañías por parte de las organizaciones sindicales. También se eliminó el procedimiento judicial sumario de protección de derechos sindicales.
• Se hundió la posibilidad de una semana laboral de cuatro días trabajados (con jornadas de 10,5 horas diarias) y tres de descanso. Aunque la iniciativa fue aprobada en comisión, al no haberse incluido en el texto de Cámara y la falta de consenso no se incluyó en el texto final. Entérese: Ordenan devolver reforma pensional a la Cámara por vicio de procedimiento

Cambios en las horas extras con la reforma laboral
Se eliminó el requisito de que las compañías tengan que tramitar permiso para laborar horas extras ante el Ministerio del Trabajo. Para la firma, este es un avance positivo.
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No obstante, los empleadores deberán llevar un registro detallado, especificando si fue diurno o nocturno, el número de horas y el tipo de actividad realizada. De igual forma, se fija un límite claro: máximo dos horas extra por día y 12 horas a la semana. Hay excepciones como el sector salud.

Un paso adelante en la formalización del trabajo
• Estabilidad laboral: El contrato laboral a término fijo tendrá una duración máxima de cuatro años, esto busca que la regla general en la contratación sea el contrato a término indefinido, lo que busca que haya más estabilidad laboral.
• Se contempla el contrato de aprendizaje (provenientes del Sena) como contrato laboral. Igualmente, la cuota de monetización corresponderá a 1.5 del SMLMV.

• Los internos de medicina recibirán por parte de la ADRES el pago correspondiente a un salario mínimo, o superior, por el tiempo que dure el internado obligatorio rotatorio.
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• Se regula el trabajo en plataformas digitales de reparto para que incluso los trabajadores directos tengan acceso a seguridad social sin que exista un contrato de trabajo de por medio.
•Se dictan medidas para la formalización del trabajo doméstico remunerado.

Otros cambios que trae la reforma laboral para tener en cuenta
• Se introduce la obligación del empleador de dar licencias a los trabajadores para que asistan a citas médicas de urgencias o con especialistas programadas, así como para actividades escolares en donde sean acudientes, siempre que sea así requerido por la institución educativa.
• Respecto la contratación de trabajadores con discapacidad, hubo un avance positivo, pues se plantean unas cuotas para las grandes compañías de más de 500 trabajadores.
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• Se dispone que el reglamento interno de trabajo puede ser publicado también virtualmente.
• Se ordena al Ministerio del Trabajo la creación del “Programa de primer empleo” y el “Programa de último empleo” para permitir la inclusión laboral de los jóvenes recién graduados de instituciones educativas y personas mayores de 50 y 55 años, respectivamente.
• Se regula de mejor manera el teletrabajo, en especial el teletrabajo trasnacional.
• Se les impone a las empresas la obligación de permitir el ingreso a animales de compañía, de compañía emocional y de servicio, con la finalidad de mejorar la accesibilidad de las personas con discapacidad y para mejorar la salud mental de estas.
• Se ajusta la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA para que se puedan realizar pago a seguridad social por tiempo parcial.
• Se le impone al Ministerio del Trabajo la obligación de expedir una política pública para la formalización de las micro y pequeñas empresas, así como programas para la formalización laboral de sus trabajadores.
• Se aprueba el Régimen Simple Laboral como un mecanismo para el pago de cesantías e intereses sobre las cesantías mensualizados y no anualizado.
Conciliación contrarreloj en el Congreso: tienen hasta el 20 de junio
La reforma laboral cumplió su trámite en la Plenaria del Senado en poco menos de una semana, pero aún debe sortear varios pasos antes de convertirse en ley: la conciliación y la sanción presidencial.
Esto implica que el proyecto inicia ahora una carrera contrarreloj, pues en el papel los congresistas de ambas cámaras tienen hasta el 20 de junio (último día del periodo de sesiones ordinarias) para conciliar el texto y superar algunas diferencias entre lo que fue aprobado en la Cámara de Representantes y lo que pasó en el Senado. Le sugerimos: Tribunal suspende temporalmente la tasa de seguridad que aprobó la Asamblea de Santander
Solo quedan tres días, por lo que se espera entonces que este miércoles 18 de junio se nombren los conciliadores, el jueves se anuncien los textos conciliados y el viernes se haga la votación.
A primera vista, no se espera que haya muchas dificultades, pues algunos de los puntos en donde había más división terminaron inclinándose hacia la propuesta del Gobierno, que fue la que aprobó la Cámara de Representantes. Vea también: Hablemos de gas natural, fracking y facturas en Santander

















