El ex congresista santandereano había instaurado una acción de tutela como último recurso para lograr la nulidad de la condena impuesta en su contra, pero su esfuerzo fue en vano.

Publicado por: ÁNGELA CASTRO ARIZA
La Corte Constitucional negó ayer el proceso de nulidad interpuesto por el ex representante a la Cámara por Santander, Iván Díaz Mateus, con la que pretendía tumbar la decisión con la que fue condenado por su responsabilidad en el escándalo de la 'Yidispolítica'.
Con la determinación, queda en firme la condena de seis años de prisión proferida por la Corte Suprema de Justicia contra el ex congresista del partido Conservador.
Como se recordará, en febrero de 2010, fue revocada la acción de tutela a través de la cual el político recuperó su libertad, por orden de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
La Corte Constitucional, ratificó la decisión de hace un año, tomada por una Sala de Revisión, en la que se rechazan los argumentos del Consejo Superior de la Judicatura para amparar el derecho fundamental al debido proceso y le otorgaba la libertad a Díaz Mateus.
El Alto Tribunal aclaró que seguía siendo la Corte Suprema la competente en el caso, porque el dirigente santandereano, pese a estar en licencia durante los hechos que generaron la 'Yidispolítica', seguía manteniendo su fuero constitucional. Su defensa había solicitado que se decretara la nulidad de la revisión de la tutela, pero la corporación mantuvo su postura, expresada en la Sala de Revisión.
Así las cosas, queda en firme la sentencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que condenó a seis años de cárcel a Díaz Mateus por el delito de concusión, al comprobarse su coparticipación en el apoyo irregular que recibió el proyecto de la reelección presidencial en el Congreso, luego de que él se ausentara de su curul para dar paso a su entonces suplente Yidis Medina.
Este caso fue bautizado como el escándalo de la 'Yidispolítica'.
Reacciones
Al pronunciarse sobre la decisión de la Corte Constitucional, Lina Barrera, esposa del ex parlamentario y actual representante a la Cámara por el partido Conservador, declaró a Vanguardia Liberal que si bien era el último recurso en la jurisdicción que se agotó para hacerle frente a un proceso, no "estaban ilusionados" con un resultado a favor.
Igualmente indicó que esta determinación no modifica la situación penal de su esposo, y sólo ratifica la decisión de la Corte Constitucional sobre la tutela.
Cabe señalar que el ex congresista cuenta con el servicio especial del Inpec, es decir, tiene un brazalete electrónico que vigila sus movimientos desde el 30 de mayo de 2010, y no puede salir de su domicilio en la capital santandereana.
síntesis
Antecedentes
El ex parlamentario conservador había ganado una tutela relacionada con su sentencia ante el Consejo Superior de la Judicatura, en agosto del 2009. Esa tutela por ley fue enviada a la Corte Constitucional para que fuese revisada para ser escogida.
En enero de 2010 una Sala de Revisión de la Corte revocó la acción de tutela a través de la cual el dirigente había recuperado su libertad, por orden de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. A raíz de esa decisión, se reinició el pago de la condena, a partir del 28 de mayo de 2010.
Fue entonces cuando Iván Díaz Mateus presentó una nulidad sobre el fallo de la Corte Constitucional, argumentando que la revisión debió ser estudiada en sala plena y más no en una sala de revisión, por tratarse de un derecho fundamental. Pero ayer el Alto Tribunal se pronunció al respecto y señaló que la petición de nulidad hecha por la defensa del ex congresista no tiene cabida.















