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Sábado 07 de febrero de 2026 - 04:24 PM

Sindicato de la ESSA se inclinó por la huelga: ¿qué viene ahora?

La mayoría de los afiliados al sindicato Sintraelecol votaron por irse a huelga tras las fallidas negociaciones con la Electrificadora de Santander. ¿Qué viene ahora?

Sindicato de la ESSA se inclinó por la huelga: ¿qué viene ahora? | Foto Archivo
Sindicato de la ESSA se inclinó por la huelga: ¿qué viene ahora? | Foto Archivo

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Este sábado, 7 de febrero, la mayoría de los integrantes del sindicato Sintraelecol se inclinaron para ir a huelga ante las fallidas negociaciones directas con la Electrificadora de Santander, ESSA.

Según se conoció, 554 de 681 trabajadores de las cinco Subdirectivas que tiene el Sintraelecol optaron por este mecanismo, mientras que solo 32 se inclinaron por el tribunal de Arbitramento. En ese sentido, el 81,6 % de los afiliados a Sintraelecol se inclinaron por la huelga.

Miembros del sindicato, que se encuentran afiliados en Bucaramanga, Socorro, San Gil, Barrancabermeja y Barbosa votaron por esta opción en una jornada que tuvo el acompañamiento del Ministerio de Trabajo.

En ese sentido, los trabajadores cuentan ahora con un plazo máximo de diez días para notificar formalmente a la empresa y al Ministerio del Trabajo la denominada “hora cero”, momento en el que iniciaría oficialmente la huelga.

No obstante, en ese espacio de tiempo habría posibilidad de una fase de negociación entre las partes. Esa puerta de negociación es crucial para la compañía más grande de Santander. Dicho sindicato es uno de los dos más importantes que tiene ese compañía, pues representa al grueso de los trabajadores técnicos, tecnólogos y bachilleres de la compañía. Gran parte de esa planta se encuentra en cargos operativos y en terreno.

El ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, respondió a Vanguardia que su cartera está al tanto de esta situación, buscando una mediación.

Palma señaló que si bien el conflicto es exclusivo de la empresa y el sindicato, por tratarse de un servicio público esencial, deben existir garantías servicios mínimos y garantizar la prestación del servicio.

En ese sentido, el ministro de Minas advirtió que esperan un acuerdo entre las partes. “Confío en que puedan llegar a acuerdos”, dijo Palma a Vanguardia.

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¿Qué dijo el Ministerio de Trabajo?

Previo a la votación, el Ministerio de Trabajo confirmó a Vanguardia que se mantendrá el acompañamiento permanente hasta que empresa y organización sindical logren la suscripción de una convención colectiva.

Otro de los aspectos que resaltó Mintrabajo es que, en el marco de una eventual huelga, se hará el acompañamiento para que se garantice el cumplimiento de los “servicios mínimos esenciales”.

“En todo caso, el Ministerio vigilará el cumplimiento de la ley, garantizando que, en el marco de una eventual huelga, se asegure la prestación de los servicios mínimos esenciales, tal como lo establece la normatividad vigente para los servicios públicos”, señaló la cartera de Trabajo.

¿Es posible que una empresa de servicios entre en huelga?

Ante el escenario de la huelga, hay varias posturas. Desde la organización sindical han reiterado que es una posibilidad. En su momento, el asesor legal del sindicato advirtió que la huelga “es una herramienta legal y constitucional”.

Recientemente, el abogado Fabrizio Gasca, líder de Derecho Colectivo Scola Abogados, explicó a este medio que “no existe un listado legal y taxativo sobre cuales servicios públicos son considerados esenciales, por lo cual, se aplica el criterio jurisprudencial” de la Corte Constitucional.

En ese sentido, el abogado Gasca señaló que la Corte ha declarado que servicios como “la banca central; el transporte; las telecomunicaciones; la explotación, refinación, transporte y distribución de petróleo y los servicios públicos domiciliarios, son materialmente servicios públicos esenciales”.

Bajo ese criterio, el servicio de energía, al tratarse de un servicio público domiciliario, es considerado un servicio público esencial. “(...)y por ello, no sería legalmente válida la declaración de una huelga”. No obstante, el abogado Gasca enfatizó que la ilegalidad de dicha decisión corresponde declararla a la sala laboral del Tribunal y, en segunda instancia, a la Corte Suprema de Justicia.

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