En el segundo debate de la reforma laboral, se aprobó un artículo que permite licencias a los trabajadores por varios motivos, entre ellos calamidades domésticas, ciclos menstruales incapacitantes y las obligaciones escolares como acudiente de hijos.

Publicado por: Redacción L R
La reforma laboral sigue su debate en la Cámara de Representantes. En esa sesión, se aprobó el artículo 18 del proyecto que cambia la manera en la que se otorgan las licencias a los trabajadores en el país.
La aprobación de este punto generó diferente reacciones entre sectores políticos por el alcance que podría tener. Uno de los aspectos que dividió el debate tenía que ver con la licencia para las trabajadoras que presenten ciclos menstruales incapacitantes.
La congresista ponente de la laboral, María Fernanda Carrascal, defendió el artículo y detalló cuál sería el alcance.
“Sobre menstruaciones incapacitantes, el artículo 18 hace la claridad de que en estos casos también se le deberá dar permiso a la trabajadora diagnosticada previamente con endometriosis para que asista a citas médicas programadas o de urgencia, para que pueda atenderse. (...) Se hace la claridad porque es una patología que puede generar sintomatologías como mareos, vómitos, migrañas, desmayos y dolores abdominales intensos que pueden impedir el trabajo productivo de estas personas”, dijo la congresista sobre este artículo. Puede interesarle: Reforma laboral: esto dice el artículo que cambia el horario de trabajo nocturno
¿Qué puntos se avalaron?
De acuerdo con el artículo aprobado, con la reforma laboral se concederían licencias a los trabajadores para los siguientes casos que van desde citas médicas, calamidades domésticas e incluso para atender comisiones sindicales.
- La primera es para el ejercicio del sufragio o voto, que se mantiene.
- En caso de que se presente una grave calamidad doméstica debidamente comprobada. Allí el artículo permite que el trabajador tenga licencia ante cualquier evento personal, familiar, caso fortuito o fuerza mayor cuya gravedad afecte el normal desarrollo de las actividades.
- Para cumplir con citas médicas programadas o citas de urgencia. También se incluye la licencia para las trabajadoras que presenten ciclos menstruales incapacitantes, “dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticada”.

- El artículo permitirá asistir a las obligaciones escolares como acudiente de hijos, hijas o menores de edad miembros del núcleo familiar. Se entiende por obligaciones escolares aquellas relacionadas directamente con la formación del niño o niña, incluyendo eventos académicos, cívicos, deportivos, culturales en las instituciones educativas en donde se encuentran matriculados. En estos últimos casos, de ser requerido por parte del empleador, el trabajador deberá acreditar que asistió al evento.
- Para atender los asuntos relacionados con situaciones judiciales, administrativas, médicos, legales, o de cualquier otra índole relacionados con violencias basadas en género de las que sean víctimas.
- Para ocupar cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación.
- Se avala desempeñar comisiones sindicales relacionadas a la organización, o para asistir al entierro de sus compañeros. De acuerdo con el artículo, se debe avisar al empleador oportunamente.














