Publicado por: Samuel Chalela
No puede entenderse erradamente el papel de la Agencia para la Defensa Judicial del Estado. Como si se tratare de una batería administrativa para impedir que el Estado sea vencido en juicio o afectadas sus finanzas por condenas judiciales. No voy a entrar en teorizaciones sobre el servicio público y la responsabilidad del Estado frente al daño antijurídico; baste decir que para repensar el asunto, hace falta incluir tres cosas: prevenir, saber perder y atacar.
Buena parte de los juicios contra del Estado surgen de la incapacidad administrativa para reconocerles derechos a los ciudadanos. Víctimas, contratistas y vecinos corrientes, a quienes el Estado debe hacerles un reconocimiento económico, reciben un consejo disimulado de "demande", surgido del pavor que le tienen los servidores públicos al fantasma del "detrimento patrimonial" que desenfunda siempre la Contraloría. Ese cuento tomista de "en la duda abstente" es una oda a la abulia; "en la duda, profundiza", debe predicar el funcionario público. Así ganarle pleitos al Estado, no es difícil; el juicio se vuelve un mero trámite en el que el juez debe decir que el Estado debe, lo que éste sabe que debe, pues el funcionario necesita la orden judicial para evitarse líos. Un manoseo a la justicia en contenciosos donde no hay ni siquiera disputa. Eso le cuesta al Estado en intereses y defensa judicial, más de lo que le valdría reconocer a tiempo, sin contar con el desgaste de la justicia ya bastante congestionada.
El irracional uso de las instancias judiciales para retardar las condenas en contra del Estado es una artimaña para no perder. Hay hasta directrices superiores encaminadas a exigir de los apoderados del Estado la interposición de recursos extraordinarios –esos que solo proceden por situaciones exóticas- con tal de demostrar que se hizo hasta la imposible –que a veces es lo temerario y lo infundado- para evitar la condena o posponerla hasta una vigencia fiscal futura, aunque sea por más dinero.
inalmente, el Estado pocas veces reclama judicialmente sus derechos. El desequilibrio contractual del que se valen los contratistas, también puede darse en contra del Estado. En ese tema el desbalance de las reclamaciones es pasmoso. Si la administración pública exigiere el resarcimiento de las lesiones en su contra, la cifra de contingencias de condenas en su contra estaría menguada por los derechos litigiosos a su favor.










